Puerto Madryn

Puerto Madryn

Crimen de Silverio Pucho Velásquez: a pesar del pedido de la Fiscalía

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 
UN IMPUTADO QUEDARÁ EN PRISIÓN DOMICILIARIA Luego de dos días de audiencias, el Tribunal integrado por los jueces Yangüela, Trincheri y Granda, dictó la prisión domiciliaria bajo la responsabilidad de sus padres a uno de los imputados en el homicidio de Silverio Pucho Velásquez, ocurrido en febrero del año pasado. El otro imputado continuará con prisión preventiva en la comisaría. La Fiscalía había imputado a Jesús “Chipi” Yedro y al menor apodado “Chino”, por el delito de homicidio en ocasión robo, que posee una pena mínima de 10 años de prisión. EL CASO La madrugada del 10 de febrero de 2008, Jesús Yedro y el “Chino” (por ser menor no se divulga su nombre) estaban tomando cerveza junto con otros menores, cuando Silverio Pucho Velásquez, quien caminaba por la calle en aparente estado de ebriedad, aparentemente fue atacado por ellos. “Vamos a sacarle la plata” dijeron los menores, quienes lo golpearon y le roban 100 pesos y un celular. En ese momento, el “Chino” exclama “corran que le pegue una puñalada”. La puñalada le generó a Silverio Pucho Velásquez un shock agudo e irreversible que produjo el inmediato deceso, a pesar de la asistencia recibida. La Fiscalía, de acuerdo a pericias, testigos e investigaciones, imputó a Jesús Yedro y al “Chino” por el cargo de homicidio en ocasión de robo y pidió la prisión preventiva hasta que se realice el juicio. En la audiencia preliminar realizada en febrero, El Dr. Lorenzetti, Juez de la Causa, había dictado la prisión preventiva de los imputados. En esa ocasión, la defensa de los imputados pidió la nulidad de las declaraciones de testigos, porque el cuando se les tomo juramente el Juez no les informó las sanciones previstas por falso testimonio. Si bien la Fiscalía se opuso, el Tribunal resolvió hacer lugar a la nulidad planteada y dejo sin efecto la incorporación de las testimoniales realizadas bajo la modalidad de Cámara Gesell, por lo que los testigos deberán declarar nuevamente en el Juicio. La Fiscalía fundamentó, al igual que en Febrero, que existen peligros de fuga por parte de los imputados, así como también el peligro de entorpecimiento del proceso, por lo que solicitó que continúen en prisión preventiva hasta el Juicio Oral. “Por la seguridad de la esposa de la victima y los testigos que deberán declarar, los imputados deberían continuar en prisión preventiva hasta que audiencia del debate” expresó la Fiscalía. DEFENSA La defensa solicitó la libertad absoluta con una prohibición de acercamiento y comunicación a los testigos. “En caso de que el Tribunal considere demasiado esta medida” la defensa solicitó “que se permita el arresto domiciliario” y en el caso del menor, que la misma sea “bajo responsabilidad de sus padres”. “El Ministerio Público Fiscal nos habla que los testigos tienen miedo. Pero no hay pruebas objetivas” alegaron desde la defensa con respecto a quienes tendrán que declarar en el juicio luego de que declarara la nulidad de sus testimonios en la Cámara Gesell. LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL El tribunal, que debido a disidencias con respecto a cuestiones planteadas estuvo integrado por tres jueces en la segunda jornada, dictó que el menor imputado gozará de prisión domiciliaria hasta el debate y, en caso que se acredite entorpecimiento, volverá al COSE. En cambio, con respecto a Yedro, deberá prorrogarse la prisión preventiva hasta la realización del debate. En el caso de Yedro, “en cuanto a la expectativa de pena, aunado a la violencia desplegada y la actitud asumida con posterioridad al delito” existe el peligro de fuga. Con respecto al menor, “encuentro acertado la propuesta de la defensa de atenuar la pena del menor, dado que si bien  considero que subsisten los peligros procesales (al igual que Yedro) de entorpecimiento, no así el peligro de fuga. El peligro procesal de entorpecimiento puede ser aventado dejándolo a cargo de sus padres con una prohibición absoluta de salir de su domicilio, a excepción de ir al CAINAR y a recibir instrucción para ser pastor, tal el deseo del joven” expresó el Juez Yangüela. La audiencia de debate se realizará el 25 de agosto.

Nuestras Visitas

  Hoy 2209

  Ayer 11301

  Esta semana 73654

  Este mes 50540

  Total histórico 22124332

©2024 Ministerio Público Fiscal del Chubut. Todos los derechos reservados.