Caso Fanny Huenchul
EL DEFENSOR VILLADA PLANTEÓ UNA IMPUGNACIÓN A LA CONDENA DEL ANESTESISTA ROJAS
El abogado Carlos Villada, defensor del anestesista condenado por la mala praxis que sufrió Fanny Huenchul, presentó una impugnación ante la Cámara Penal argumentando que la condena fue producto de una “enemistad” entre él y la jueza Flavia Trincheri. Desde la fiscalía se replicó que “pretender atribuir un fallo contrario con el argumento de una supuesta enemistad, resulta no solo grave institucionalmente sino que busca sustituir las falencias defensistas”.
[caption id="attachment_10725" align="alignleft" width="300" caption="Villada dice que "le fue mal porque le tienen bronca". Es un argumento pobre, replicaron desde la fiscalia. "]
El pasado martes 22 de febrero se realizó la audiencia de impugnación ante la Cámara Penal conformada por los jueces Leonardo Pitcovsky, Silvia Martos y Rafael Lucchelli. Allí, el defensor particular del anestesista Jorge Rojas, el abogado particular Carlos Villada, centró su impugnación en supuestas falencias en la sentencia dictada por la Jueza Flavia Trincheri, atribuyendo los mismos a una “enemistad manifiesta”. Esta enemistad había sido planteada oportunamente por una recusación, pero fue rechazada por la integración de dos jueces penales. Además, Villada planteó otras circunstancias procesales que según el defensor harían nula la sentencia que condenó a su patrocinado, el anestesista Rojas, a dos años de prisión y 4 de inhabilitación para ejercer la medicina. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal, representado por los doctores Daniel Báez y Patricia Reyes, replicó los argumentos utilizados por la defensa afirmando que las cuestiones planteadas habían sido resueltas oportunamente, y expresaron que pretender atribuir un fallo contrario con el argumento de una supuesta enemistad resultaba no solo grave institucionalmente sino que también se dirigía a sustituir las falencias defensistas e influir en el ánimo de los jueces.
[caption id="attachment_10743" align="alignleft" width="300" caption="Baez replicó los argumentos de Villada"]
En fecha 14 de marzo, los jueces de la Cámara Penal darán a conocer su sentencia en la Sala de audiencias Número 1 de los Tribunales locales.
La mala praxis de Fanny y la responsabilidad del anestesista
[caption id="attachment_10727" align="alignleft" width="300" caption="El condenado Rojas es defendido por el abogado Carlos Villada"]
La mala praxis que sufrió Fanny Huenchul (28) se originó el día 1 de febrero de 2008, cuando ingresó a quirófano del Hospital “Dr. Andrés Isola” para una cirugía de vesícula y salió de la sala bajo los efectos de la anestesia y descompensada. En la intervención quirúrgica, el anestesista Jorge Rojas llevó a cabo la anestesia y el control durante la cirugía además de vigilar el “despertar” de la paciente a los fines autorizar que la retiraran del quirófano, pero “confundió y malinterpretó el cuadro de la paciente y lo potenció con la administración de las drogas suministradas, produciendo el efecto contrario y ocasionando un permanente perjuicio en la salud de Fanny Huenchul”, indicaron desde la fiscalía. De esta forma, Rojas fue condenado a 2 años de prisión en suspenso y 4 años de inhabilitación para ejercer la medicina.
AUDIOS (Click en los hipervinculos para descargar)
Fiscal Daniel Báez sobre impugnación de la defensa en la causa de Fanny Huenchul. "Los de la defensa son argumentos pobres" (1´52")
Fiscal Daniel Báez: "El caso Huenchul es paradigmatico". La corporación médica y el rol de los enfermeros (1´57")
Fiscal Daniel Báez: "Fanny representa a los vulnerables" (32")
ANEXO:
Sentencia completa del juicio: FANNY SENTENCIA JUICIO
¿Qué es la mala praxis? En la atención de la salud, ocurre cuando se hace daño en lugar de curar o sanar. “El profesional médico causa un daño en el cuerpo o la salud de la persona, ya sea de manera parcial o total, temporal o permanente por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de reglamentos o deberes, apartándose de la norma legal”. La Mala Praxis en la Legislación Penal: El Código Penal tipifica la mala praxis a través de los delitos de homicidio culposo (Art. 84 CP) y de lesiones culposas (Art. 94 CP) y sanciona a quienes resulten declarados culpables, con penas de prisión y de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión o de la actividad que por su ejercicio, haya sido generadora de la muerte o de la lesión.