Puerto Madryn

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ESTELLER CONDENADO POR DOLO EVENTUAL A 9 AÑOS DE PRISIÓN

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El STJ hizo lugar a la impugnación de la Fiscalía y ratificó la sentencia de primera instancia

ESTELLER CONDENADO POR DOLO EVENTUAL A 9 AÑOS DE PRISIÓN

El Superior Tribunal de Justicia ratificó la condena de Mario Esteller a 9 años de prisión por el “homicidio simple con dolo eventual” Mónica y Verónica Sosa. De esta forma, revocó el fallo de segunda instancia que había cambiado la calificación legal inicial y reducido la pena. El hecho ocurrió en el año 2008, cuando Esteller atropelló a las hermanas a la salida de un pub.

Los ministros de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia hicieron lugar al pedido de la Fiscalía y la Querella y volvieron a calificar el hecho como homicidio simple con dolo eventual, por el cual se había condenado a Mario Esteller a la pena de 9 años de prisión por la muerte de las hermanas Mónica y Verónica Sosa. Hasta ayer, Esteller estaba condenado a 4 años de prisión por homicidio culposo y gozaba de salidas transitorias por haber cumplido la mitad de su condena. De esta forma, los ministros, por mayoría, resolvieron revocar la sentencia dictada en segunda instancia por los jueces Florencio Minatta, Mónica Rodríguez y Martín Montenovo –que habían cambiado la calificación inicial a homicidio culposo, reduciendo la pena- y ratificaron la sentencia inicial.

La madrugada del 21 de agosto de 2008, las hermanas Mónica y Verónica Sosa fueron embestidas a más de 80 km/h por la Chevy conducida por Mario Esteller. Esteller, que se encontraba en estado de ebriedad -con el triple de alcohol en sangre permitido para manejar-, continuó su marcha mientras la moto en la que estaban las hermanas era arrastrada, sin que intentara frenar el rodado a lo largo de aproximadamente 50 metros. Producto de este hecho, Verónica falleció en esos instantes productos de los impactos en la región cefálica, mientras que Mónica fue trasladada con vida hasta el hospital, donde fallece ese mismo día a consecuencias del traumatismo sufrido. A partir de ese hecho comenzó un largo trajín judicial para la familia Sosa, pues la condena inicial a 9 años por “homicidio simple con dolo eventual” dictada por los jueces Leonardo Pitcovsky, Silvia Martos y Néstor Lorenzetti el 21 de mayo de 2009 fue impugnada por la defensa. De esa forma, en septiembre del año pasado, el Tribunal de Cámara integrado por los jueces Florencio Minatta, Mónica Rodríguez y Martín Montenovo cambio la calificación del hecho por una mucho más leve, de “homicidio culposo”, fijando la pena en cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento y diez años de inhabilitación especial para conducir automotores. Pero a raíz de la impugnación extraordinaria presentada por la Fiscalía y la querella, los magistrados del Superíor Tribunal de Justicia Daniel Luis Caneo, Alejandro Panizzi y  Jorge Pflegger –voto en minoría a favor de la defensa- confirmó la sentencia dictada en primera instancia y la causa quedó firme con la calificación inicial de “homicidio simple con dolo eventual” por la que Esteller había sido condenado a 9 años de prisión.

Click en el link para descargar el fallo completo del Superior Tribunal de Justicia

FALLO STJ ESTELLER

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