Puerto Madryn

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Madryn: Empleada del IPV deberá realizar tareas comunitarias por sustracción de notebook y celular a compañera de trabajo

Una empleada del Instituto Provincial de la Vivienda y su hija deberán realizar tareas comunitarias. Es en causa por delito de hurto de notebook y celular a una compañera de trabajo.

PUERTO MADRYN. Una empleada del IPV, junto a su hija, deberán realizar tareas comunitarias en el marco de una causa por los delitos de “hurto” y “encubrimiento”, respectivamente. Es en una causa donde se denuncia a la mujer por apoderarse de un celular táctil y una computadora notebook de una compañera de trabajo y darselo a su hija.

En abril de 2014,  una empleada olvidó su teléfono celular táctil en la Delegación del Instituto Provincial de la Vivienda, lugar donde trabaja. Se dio cuenta momentos después de retirarse del lugar y llamó a su compañera de trabajo, Karina López, quien tiene llaves de la oficina y le dijo que el lunes le abriría. Pero el lunes el teléfono no estaba.

La mujer, según la acusación fiscal, se apoderó del celular y se lo entregó a su hija. En un allanamiento, autorizado por el Juez Penal de Turno, se secuestró dicho celular en su domicilio. Pero, además, en la misma diligencia, se secuestró una notebook, que había sido denunciada como hurtada de las oficinas del IPV en el año 2012.

La audiencia preliminar se realizó el pasado martes 22 en los Tribunales. Las imputadas, Karina Liliana López (41) y su hija, Jimena Liliana Suarez (24), patrocinadas por el abogado particular Carlos del Mármol, solicitaron que se aplique el instituto de “suspensión de juicio a prueba” por el término de un año, ofreciendo como reparación veinte horas de trabajo comunitario, medida que fue aceptada por el juez penal Horacio Yangüela.

¿Qué es la probation? 

La suspensión del juicio a prueba, o probation, está contemplada para delitos cuyas penas no excedan los tres años de prisión y por lo tanto –en individuos sin antecedentes- no sean de efectivo cumplimiento. La misma es solicitado por el imputado y el juez podrá suspender la realización del juicio con la condición que el imputado cumpla determinadas pautas de conducta.

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