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El único homicidio producido en Rawson en el 2013 se resolvió en 31 días

Entre el hecho y la condena pasaron solo 31 días

En el 2013 en Rawson se produjo sólo un homicidio

En el año 2013 en la ciudad de Rawson se produjo sólo un homicidio, en el que fue víctima Sergio Cámpos apuñalado por su hermano Oscar Garrido. El hecho se produjo el 18 de marzo y en sólo 31 días el caso fue judicialmente resuelto al condenarse al autor.

Una de las características y objetivos planteados por el actual Código Procesal Penal que se aplica en Chubut, es el de la celeridad de los procesos. Para darle respuestas a las víctimas y para resolver cuanto antes la situación de los victimarios. En la ciudad de Rawson se produjo una de las sentencias más rápidas de toda la Provincia desde que se aplica el Código Procesal Penal instaurado en el año 2006: apenas 31 días.

En ese tiempo se logró condenar a un hombre acusado de matar a su propio hermano. Fue un homicidio preterintencional  y la condena de dos años a prisión en suspenso.

Un  hombre que se hallaba detenido tras haberle dado muerte a su hermano a puñaladas en un hecho ocurrido a Rawson a mediados de marzo pasado, fue condenado a cumplir una pena de dos años de prisión en suspenso luego de probarse que no tuvo intenciones de quitarle la vida al asestarle un puntazo que le seccionó la arteria femoral.

Así lo decidió el juez de garantías Sergio Piñeda tras haber acordado la fiscalía y la defensa la suspensión del juicio a prueba.

Hechos y protagonistas

Se trata de la situación de Oscar Garrido que el 18 de marzo del año pasado, en medio de una discusión con su hermano Sergio Campos y en presencia de otros familiares, le asestó a éste con un cuchillo dos cortes en el abdomen y un puntazo en la ingle que afectó seriamente la arteria femoral, lesión que le produjo la muerte minutos después.

Tras la detención de Garrido, en la audiencia de control, la fiscal general Silvia Pereira había caratulado el hecho como homicidio simple y como calificación alternativa la prevista en el artículo 81, inciso “b” del Código Procesal Penal, el homicidio preterintencional. Durante el mes que duró la profundización de la investigación, la fiscal general Pereira concluyó en que de acuerdo a nuevas pruebas recogidas y los testimonios que se tomaron, Garrido no tuvo intenciones de quitarle la vida a su hermano.

Testimonios claros

“Esta conducta que comenzó siendo imputada como “dolosa” en la audiencia de apertura de la investigación, se ha visto modificada con los testimonios recabados, en los cuales surge claramente la falta de dolo del autor, es decir la intención de querer poner fin a la vida de Sergio Campos. Así la exigencia que requiere el tipo penal de que el autor haya obrado con dolo de matar, se ve desvirtuada”, indicó al profundizar su postura la fiscal general Pereira, Agregó que “dada la relación existente entre ambos hermanos, el encartado (por Garrido) ha tenido intención de agredir con un cuchillo asestándole una puñalada en su pierna, y que su estado de ebriedad al que se refieren los testigos e inclusive el médico policial, no pudo ser previsto por el mismo” y que la muerte de Campos no estuvo en la voluntad de Garrido.

Sostuvo también que “si bien el empleo de aquel medio puede considerarse lo que pudo provocar la muerte, se produjo en una zona que razonablemente no debía ocasionarla lo que permite descartar la imputación del homicidio a título de dolo”.

Coincidencia

El defensor oficial Lisandro Benitez, adhirió a esta postura, coincidencia que fue convalidada por el juez de garantías Piñeda.

De esta manera Garrido recuperó inmediatamente la libertad y se encuentra sometido a dos años de prisión en suspenso, plazo de tiempo además deberá abstenerse de tomar bebidas alcohólicas y consumir estupefaciente.

De esta manera, tras haber transcurrido apenas un mes del hecho, el caso fue cerrado convirtiéndose en una de las sentencias más rápidas desde la puesta en marcha del actual Código Procesal Penal, en el año 2006.

-Producido por el Area Comunicación Institucional del Ministerio Público Fiscal del Chubut, oficina Rawson. Cel. 154303343

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