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La semana que viene se conocerá si son hallados culpables o no los imputados por usurpaciones en Playa Magagna

Los imputados son cinco

Las posturas de fiscalía, querella y defensa en los alegatos por las usurpaciones en Playa Magagna

Mientras que la fiscalía y la querella coinciden en que los cinco imputados por las usurpaciones en Playa Magagna cometieron un delito que durante el debate fue probado, para el defensor que los asistió, de lo escuchado por los testigos no se desprende que hayan utilizado violencia ni que hayan ocupado los terrenos de manera clandestina, por lo que pidió la absolución.

Estas posturas de desprenden de los alegatos que en el marco de un juicio oral y público realizaron la fiscal general Griselda Encina y el querellante Gonzalo Torrejón por un lado, y el defensor oficial Omar López por el otro.

Se trata de Karen Neira, Paola Muñoz,  Bruno Muñoz, Alejandro Tejada y Gumersindo Rodriguez, todos imputados por haber ocupado ilegalmente terrenos en el ingreso al complejo Playa Magagan pertenecientes a la familia de la sucesión de Marcial Galina, denunciantes que hicieron que la Fiscalía de Rawson llevara a juicio oral a esas cinco personas.

Tanto la fiscalía como la querella coincidieron en pedir siete meses de prisión en suspenso para cada uno de los imputados, destacando además que no tienen antecedentes delictivos.

Carteles con apellido de los imputados

Para la fiscal general Encina está probado que los imputados actuaron de manera clandestina y que tenían conocimiento que el terreno no les pertenecía si se tiene en cuenta las advertencias que en varias oportunidades les realizó la policía y hasta los mismos propietarios cuando se apersonaron en el lugar. Agregó que “lo hicieron a pesar de que todos tienen  la posibilidad de ganarse su propio sustento de manera lícita”, destacando además que todos actuaron “de manera organizada lo que les permitió rapidez”, en cuanto a la usurpación de los terrenos, “las delimitaciones que realizaron, la traza de calles internas, la colocación de postes y alambres, la disposición de maquinarias y elementos de construcción y las paredes que levantaron”.

Al hacer alusión a las tareas de la policía al momento de la investigación realizando allanamientos se refirió a los informes fotográficos que constan en la investigación en donde por ejemplo consta que por ejemplo uno de los imputados, Paola Muñoz, hasta “instaló un cartel con su nombre frente al terreno que había ocupado”.

Persistencia

El querellante Torrejón en representación de la familia Galina, adhirió a todos los argumentos expresados por la fiscal general Encina. Agregó que “los titulares de las tierras reclamaron la devolución de los terrenos y como respuesta recibieron amenazas. Los hechos de violencia fueron reiterados y de ello dieron cuenta los testigos Mercedes Bilbao (representante legal de la sucesión Galina) cuando fue intimidado con un bate de béisbol, el abogado Luis Solivella (presidente del Complejo de Vecinos de Playa Magagna) al que le reventaron las cuatro cubiertas de su vehículo, amenazas a un maquinista que por orden de los propietarios intentó demoler las viviendas, la rotura de la luneta de la camioneta del agrimensor Ramón Alvarez, mientras realizaba mensuras en el lugar y el robo de agua potable mediante rotura en el acueducto de la Cooperativa de Servicios Públicos”.

Agregó que los ocupantes “fueron anoticiados de una demanda civil y no obstante ello siguieron ocupando terrenos y demarcando calles y pasadizos. La denuncia es del año 2015 y estamos en el año 2017 y se siguen ocupando terrenos. A mi entender la persistencia también es violencia. El nivel de construcciones es progresivo, siempre con clandestinidad y violencia”, indicó.

La defensa: “no está probado”

El defensor oficial Omar López realizó un extenso alegato que estructuró en tres lineamientos básico al momento de argumentar. En primer lugar volvió a insistir que al haber sido la acusación insuficiente y defectuosa, el caso nunca debió haber llegado a juicio oral y público “porque una mala acusación afecta el derecho a la defensa”, indicó a la vez de reiterar conceptos ya vertidos en las audiencias previas al juicio oral y público y planteos similares al inicia del debate.

Agregó como aspectos tener en cuenta en segundo lugar que, las conductas de sus asistidos no pudieron ser probadas y basándose en posturas de Eugenio Zafaroni, destacó que no hay delito porque el terreno no estaba “materialmente” ocupado sin siquiera alambres perimetrales, teniendo en cuenta que sus dueños “viven a más de 1.300 kilómetros de distancia”. Respecto de la “clandestinidad” manifestó que “los dueños sabían de las usurpaciones y no ignoraban estos hechos. Se produjeron en plena luz del día, a pocos metros de una ruta provincial muy transitada y con un puesto policial ubicado muy cerca. Por todo esto no hubo ocultación de los actos. Los dueños no tomaron las precauciones debidas”, expresó.

Respecto de las situaciones “violentas” denunciadas por la fiscalía y la querella, indicó que “no está probado que los daños en el vehículo del agrimensor Alvarez o las pinchaduras en el auto de Solivella o el famoso bate de béisbol del que habló la señora Mercedes Bilbao, fueron producidas por alguno  de los cinco imputados. Los mismos testigos reconocieron que no saben quiénes fueron los autores”.

Respecto de la autoría dijo entre otros argumentos, que tanto la fiscalía como la querella “ni siquiera tienen probado la fecha de ingreso de cada uno de los imputados”. Finalmente citó jurisprudencia de usurpadores que fueron sobreseídos por el juez Fabio Monti en otros casos denunciados en la zona, el mismo juez que garantizó la legalidad de todo el proceso previo al juicio oral del caso Playa Magagna.   

El juez César Zaratiegui dará a conocer su resolución de manera personal a los imputados y las partes durante la próxima semana. En una audiencia a programar en el futuro por la Oficina Judicial de Rawson, explicará las razones de su decisión.

-Producido por el Area Comunicación Institucional del Ministerio Público Fiscal del Chubut, oficina Rawson. Cel. 154303343

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