Sarmiento

Sarmiento

Audiencia preliminar de juicio contra un joven acusado como autor del delito de abuso sexual simple

Audiencia preliminar de juicio por abuso sexual simple

 

El juez Alejandro Rosales, hizo lugar al pedido de aplicación del instituto de suspensión de juicio a prueba, en el marco de una causa penal contra un joven de 22 años, acusado como presunto autor del delito de abuso sexual simple, a una niña menor de 13 años. En este marco, el magistrado dispuso que el plazo de suspensión se establezca en un año y seis meses. Durante ese período el imputado tendrá que comparecer ante un servicio de control, una vez cada tres meses.

También tiene que realizar una capacitación en un curso sobre violencia de género y someterse a una evaluación psicológica, Asimismo, el procesado, deberá abonar una suma de treinta mil pesos en concepto de reparación económica.

El acto judicial estuvo presidido por el magistrado Alejandro Rosales. La fiscalía estuvo representada la Procuradora Fiscal Marisol Sandoval.

El imputado, participó mediante conexión telefónica desde una dependencia policial de una localidad de la provincia de Buenos Aires, y fue asistido por el abogado defensor Gustavo Oyarzun del Ministerio de la Defensa Pública. También participo el Asesor Legal de Menores y Familia, Tomas Malerba.

En la ocasión, Oyarzun, refirió que se encontraban en condiciones legales de peticionar la aplicación del instituto de suspensión de juico a prueba. En este sentido, explicó que en caso de recaer una condena la pena peticionada por el Ministerio Público Fiscal es de ocho meses de prisión. En este sentido sostuvo que, en una eventual cesura de pena, en un juicio en caso de recaer una condena, la misma debe ser dejada en suspenso

A ello, agregó que el pedido de suspensión de juicio a prueba seria por el plazo de un año y medio. Con respecto a las medidas que debe cumplir el acusado, propuso que se presente en tres ocasiones al servicio de control, fijar domicilio y no mantener contacto con la víctima, ni su familia bajo ningún medio.

Por otra parte, el abogado defensor, refirió que, a raíz de los gastos efectuados por la familia, en función de los tratamientos a los que debió acudir la víctima para superar las consecuencias posteriores, del delito que sufrió, correspondía ofrecer una reparación económica por la suma de treinta mil pesos.

También manifestó que su defendido se compromete a realizar una capacitación en relación a la temática de violencia de género.

A su turno, Marisol Sandoval, explicó que, mediante el análisis del caso, pudieron considerar que se encuentran dadas las condiciones legales para hacer lugar a la aplicación del instituto que permite suspender el juicio y poner a prueba de cumplimiento de reglas de conducta al imputado.

Asimismo, agregó que luego de dialogar con la familia de la víctima, ellos manifestaron la necesidad de llegar una instancia de finalización del proceso. En este marco, la representante de la parte acusadora, se expresó de manera favorable respecto la propuesta del abogado defensor.

Por su parte, el asesor de menores, manifestó que no estaba de acuerdo con la aplicación de estos institutos en este tipo de casos, violentaría las normas internacionales relativas a la determinación del derecho a la verdad, y a la reparación integral de la víctima

Luego de escuchar las posiciones de las partes, Rosales, describió las propuestas e intervenciones realizadas en la audiencia preliminar de juicio. En este contexto, resolvió hacer lugar a la aplicación del instituto de suspensión de juicio a prueba por el período de un año y seis meses. También dispuso la imposición de las reglas de conducta, cumplimiento de cursos sobre violencia de género y evaluación psicológica.       

Abuso sexual: Qué hacer frente a un abuso

Los distintos centros de salud de la provincia cuentan con un dispositivo médico legal para dar inmediata atención a las personas que se presentan luego de haber sido víctimas de un abuso sexual. El dispositivo se implementó mediante un convenio entre el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio de Salud. Su correcta y oportuna implementación, garantiza derechos básicos de la víctima vinculados a su salud sexual y reproductiva y la eficiente obtención de material biológico fundamental para lograr la sanción penal del autor.

Los abusadores buscan la impunidad amedrentando a sus víctimas para que no denuncien, para que guarden el secreto. Ese silencio se sostiene por temor y a costa del sufrimiento, la confusión y la desazón de la víctima. Muchos casos son denunciados recién a partir de la evidencia de un embarazo. Otros son denunciados mucho tiempo después, e incluso algunos nunca llegan al conocimiento de la justicia. 

La prueba

La prueba es muy difícil de obtener. Suelen jugar muchos intereses, fundamentalmente en el abuso sexual intrafamiliar. La experiencia indica que los miembros de la familia suelen tomar partido por alguno de los involucrados. Incluso la madre de la víctima no siempre acompaña el proceso.

Sin lugar a dudas la prueba más clara es el ADN que puede obtenerse mediante la aplicación del Dispositivo de Abuso Sexual disponible en todos los hospitales de la provincia, así como la prevención del embarazo y de enfermedades de transmisión sexual. Sin embargo, esto solo es posible cuando la denuncia es inmediata a la producción del abuso o bien cuando a raíz del abuso se produjo un embarazo.

Estos hechos ocurren entre cuatro paredes. Los indicios cobran fuerza en relación al relato de la víctima, son datos que parecen no tener significación propia, que no aportan la evidencia de un testigo directo, pero que permiten corroborar circunstancias, conductas, costumbres alteradas, cambios en la personalidad y/o en el rendimiento escolar.

El abusador suele ser el referente de la víctima en distintos ámbitos, se muestra como el adulto que se ocupa de sus cosas y de este modo se asegura el control del secreto. El abusador detecta el estado de vulnerabilidad y de este modo elige a su víctima.

El relato

En todos los casos la investigación se activa por la denuncia. La declaración de la víctima es central para la investigación. El relato se realiza en cámara Gesell, procurando que la víctima declare por única vez en ese momento. Algunas veces se puede hacer rápido, pero en muchas otras no. La víctima debe estar preparada anímicamente para pasar por esa instancia y son los profesionales del SAVD quienes sugieren el momento más oportuno para hacerlo.

La psicóloga forense toma la declaración y realiza la pericia psicológica. Esta pericia evalúa si el relato es creíble, si detecta o no una tendencia a la fabulación, si se advierte algún interés, si se evidencia un relato armado, entre otros aspectos. Esta pericia valida el relato de la víctima.

Actualmente en los Tribunales, las Cámaras Gesell se realizan con la presencia en la retro cámara –ubicada tras un vidrio que se convierte en espejo al interior de la cámara- de los jueces, el fiscal, el defensor y el imputado. El SAVD y los fiscales sostienen que hay que avanzar hacia una metodología que permita a defensa controlar el desarrollo de la declaración sin que la víctima sienta que detrás del vidrio está el imputado mirándola.

La Fiscalía propicia la implementación un circuito cerrado de televisión, sistema que se usa habitualmente en los juzgados de familia y que varios protocolos señalan como el más adecuado. Esta modalidad consiste en conectar dos salas distantes, mediante circuito cerrado de televisión, en una sala están la entrevistadora y la víctima, y en otra, retirada, los demás actores del proceso.

El valor de la confesión

Al conocimiento de los jueces de juicio llega ese relato de la víctima, filmado. Sin embargo, algunas víctimas deciden participar del debate. Por ejemplo, en juicios abreviados para escuchar de boca de su abusador el reconocimiento del abuso. Que diga “si, es verdad, yo lo hice”.

Nuestras Visitas

  Hoy 5883

  Ayer 9668

  Esta semana 56951

  Este mes 183280

  Total histórico 22257072

©2024 Ministerio Público Fiscal del Chubut. Todos los derechos reservados.