Ayer, se realizo una audiencia preliminar de juicio, en el marco de una causa, en la que fue imputado Carlos Oscar Romero, como presunto autor del delito de robo agravado por efracción y por ser cometido con la intervención, de un menor de edad. En este contexto, la defensora particular, Dra. Lilian Borquez, indico que se oponía a la acusación presentada por la Fiscalia y solicito el sobreseimiento de su defendido, en función de que entendía, que no se encontraba debidamente acreditada, su participación en el hecho. Asimismo, propuso la impugnación de la extracción de sangre realizada a Romero, y que fuera comparada con la sangre, encontrada en una cortina del domicilio de la victima, para finalmente indicar que la calificación legal, que se le podría endilgar a su pupilo, seria la de encubrimiento por receptación. También, la defensa técnica del imputado, se opuso al testimonio del menor, en el juicio, ya que no podría declarar bajo juramento, porque había sido imputado en la causa y tendría un interés particular. Por su parte, la representante del Ministerio Publico Fiscal, Dra. Andrea Vázquez, explico que el pedido de extracción de sangre, figuraba en la carpeta judicial, donde también se encontraba la constancia, de que todas las partes habían sido notificadas. Con relación al pedido de sobreseimiento, manifestó su oposición, por considerar que ya había elementos suficientes, para haber llegado a esa instancia. Seguidamente, el Juez, Dr. Roberto Casal, dio lectura a las pruebas testimoniales e instrumentales, ofrecidas por la Fiscalia, para la audiencia debate. Finalmente, el Juez Casal, resolvió: No hacer lugar al pedido de oposición, con relación al testimonio de la menor, como así tampoco al pedido de impugnación por la cortina con manchas hematicas, encontradas en una cortina, propiedad de la victima. Asimismo, decidió rechazar el pedido de sobreseimiento y resolvió mantener la prisión preventiva de Carlos Romero, hasta el dictado de la sentencia definitiva. Los hechos De acuerdo a la investigación, el hecho que se le imputa, es la sustracción efectuada el día 26 de enero de 2008, alrededor de las 20,00 hs, oportunidad en la que el acusado, acompañado de un menor de 14 años, previo a forzar una reja y romper un vidrio, habrían ingresado a una vivienda, ubicada en Avenida Ingeniero Coronel nº 682 y de su interior habrían sustraído: un equipo de música, 2 pares de lentes para sol; 1 celular, marca Nokia 1100, un secador de cabello; ropa de verano, perfumes, alhajas varias, una radio chica con antena, entre otros elementos. Los medios de prueba propuestos por la Fiscalia, son: Catorce (14) declaraciones testimoniales, y Trece (13) instrumentos y documentos, que se exhibirán en la audiencia. La calificación jurídica que se le atribuye a Romero, en este caso, es la del delito de robo agravado por efracción y por ser cometido con la intervención de un menor de edad, en calidad de autor. La pretensión punitiva del Ministerio Publico Fiscal, es de Ocho ( 8) años y Seis (6) meses de prisión.





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