Sarmiento

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Condena a dos meses de prision por lesiones leves y daño

CONDENA POR LESIONES LEVES Y DAÑO

El Juez Alejandro Rosales, emitió su fallo condenatorio contra Alberto Mauricio Beynon (25), como resultado de un juicio oral y público, en su contra. El joven fue  acusado por el Ministerio Publico Fiscal por los delitos de lesiones leves y daño. El magistrado, lo declaro autor penalmente responsable y le impuso una pena de dos meses de prisión de cumplimiento efectivo.

En la sala de audiencias de la oficina Judicial de Sarmiento, tuvieron lugar las audiencia de debate, en el marco de un juicio oral y público contra Alberto Beynon, imputado por los delitos de lesiones  leves y daño, a raíz de un hecho ocurrido el 28 de febrero del año pasado.

El tribunal unipersonal fue integrado por el Juez Alejandro Rosales. La parte acusadora estuvo representada por el Fiscal Herminio Gonzales Menes. El acusado, en tanto recibió el asesoramiento legal  de la abogada  Karina Aizpitarte.

Según la investigación de la Fiscalía, el 28 de febrero del  2015, a las 21:30, la víctima se encontraba en el interior de su vivienda ubicada sobre la calle España.

En esa oportunidad, se presento Alberto  Beynon , y arrojo piedras a un vehículo Chevrolet Corsa, propiedad del damnificado.

En este contexto se informo que el denunciante salió a la calle al observar la situación y comenzó a forcejear con Beynon.

Asimismo se indico que el agresor tenía en su mano un cuchillo que utilizo para atacar a la víctima. Le provoco  cortes en el cuello, el hombro izquierdo y la espalada.

Finalmente, por intervención de los vecinos que observaron la situación, acudió el personal policial, quienes procedieron a la detención de Beynon.

Al concluir la etapa probatoria, Meneses sostuvo que se logro probar y acreditar la autoría y materialidad del acusado en el hecho investigado.

En consecuencia, peticiono al juez que lo declare autor penalmente responsable de los delitos des de daño en concurso real con lesiones leves.

Con respecto a la pena, requirió que se le imponga la pena de un año de prisión de cumplimiento efectivo. Los fundamentos de su pedido, se basaron en que Beynon ya contaba con una condena anterior de tres meses de prisión en suspenso por el delito de lesiones  leves, registrada el 6 de noviembre del año2013.

A su turno, la abogada defensora, atacó la validez de la acusación pública y sostuvo la inocencia de su asistido en el hecho por el que fue llevado a juicio.

En su alegato de clausura, reitero los planteos de nulidad y sostuvo que el hecho no ocurrió de la forma en que fue expuesto por el Ministerio Publico Fiscal.

Por último, solicito al tribunal que absuelva de culpa y cargo a su defendido e hizo

reserva del caso federal y de plantear las impugnaciones correspondientes.

Luego de deliberar, Rosales convoco a las partes a los fines de informar su fallo.

En este sentido, explico que la acusación publica fue presentada en tiempo y forma y cumplía con los  requisitos previstos en el artículo 291 del Código Procesal Penal. Así las cosas, rechazaba los planteos de nulidad solicitados por la defensa.

Con respecto al análisis de los hechos, manifestó que por la prueba rendida durante el debate se pudo acreditar la teoría del caso presentada por la Fiscalía.

En consecuencia, resolvió declarar a Alberto Beynon, autor penalmente responsable de los delitos mencionados.

Sobre la pena, dispuso imponerle dos meses de prisión de cumplimiento efectivo, la cual comenzara  una vez que la sentencia adquiera grado de firmeza.

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