CONDENA A TRES AÑOS DE PRISION POR ABUSO SEXUAL
Por pedido del Ministerio Publico Fiscal y la defensa, el Juez Daniel Pérez homologo la aplicación del procedimiento de juicio abreviado, contra un sujeto de 43 años, acusado como autor del delito de abuso sexual simple.
El magistrado resolvió condenarlo la pena de de tres años de prisión de ejecución condicional, por hallarlo autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple (Art. 119 Primer Párrafo del Código Procesal Penal).
Asimismo, impuso como reglas de conducta que durante el tiempo que dure la condena el imputado deberá fijar domicilio, someterse al control del patronato de liberados y abstenerse de establecer contacto con la víctima.
En la sala de audiencias de la oficina judicial se desarrollo una audiencia de lectura de sentencia. El acto judicial fue presidido por el juez Daniel Pérez. La parte acusadora, estuvo representada por el fiscal Herminio González Meneses.
El imputado, en tanto, recibió el asesoramiento técnico del abogado defensor particular, Leopoldo Puricelli.
Por sugerencia profesional y a los fines de evitar el proceso de re victimización, no se publican las identidades de la víctima y tampoco del acusado.
LOS HECHOS
Los hechos investigados se registraron en marzo del año pasado, cuando la víctima-una menor de 13 años de edad- relato a sus padres, que no quería concurrir a la casa de un amigo de la familia.
La niña les conto que días previos, el imputado le había realizado tocamientos y caricias en distintas partes del cuerpo, indicándole que solo se trataba de un juego.
JUICIO ABREVIADO
La causa se tramito mediante el procedimiento de juicio abreviado. En la oportunidad el fiscal enuncio una serie de evidencias y documentos, destacando que la victima prestó testimonio en la modalidad de cámara gesell, donde efectúo un relato detallado de las situaciones de abuso vividas.
Asimismo, agrego que el informe elaborado por la psicóloga forense concluyó que en la víctima no se evidencian alucinaciones auditivas o visuales.
Tampoco se registro influencias de terceras personas y que la diferenciación entre fantasía y realidad están conservadas.
En este marco, solicito al magistrado la tramitación del procedimiento de juicio abreviado, y que se condene al acusado a la pena de tres años de prisión.
Por su parte, el abogado defensor Puricelli confirmo que su asistido había brindado el consentimiento para la aplicación de este instituto.
Así las cosas, el juez realizo al imputado las consultas pertinentes al procedimiento. El acusado reconoció la existencia de los hechos, admitió su participación y acepto la vía propuesta para el caso.
En este contexto, la madre y representante legal de la víctima, también se expreso a favor de la aplicación del acuerdo presentado por la fiscalía y la defensa.
A su turno, la representante de la asesoría de menores, no formulo objeciones.
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