Sarmiento

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Condenan a la ex presidenta de la A.S.A a la pena de 6 meses de prision en suspenso

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Condenaron a la ex presidenta de la  " Asociación Sarmientina de Automovilismo" (A.S.A) a la pena de 6 meses de prisión en suspenso

El Juez Daniel Pérez, informo su resolución judicial en el marco del juicio realizado  contra la ex dirigente deportiva, Daniela Molina. En este sentido, dispuso imponer a la acusada la pena de 6 meses de prisión en suspenso.

Cabe recordar que en la audiencia de cesura, la Fiscalía había peticionado la imposición de 3 años y seis meses de prisión. En tanto, el representante de la Defensa Publica,  propuso que el tribunal  imponga  a su defendida 1 mes de prisión en suspenso, por el delito de administración infiel.

  En la sala de audiencias n°1 de la Oficina Judicial de Sarmiento, se desarrollo una audiencia de lectura  de pena. El acto judicial fue presidido por el magistrado Daniel Pérez.

 En representación del Ministerio Publico Fiscal, asistió el Funcionario Julio Herrera. La ex presidenta de la organización que nuclea al automovilismo local,, recibió el asesoramiento  de los abogados adjuntos de la Defensa Publica, Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano.

Al finalizar la etapa de debate oral y público, el  fallo emitido por el Juez Pérez,  declaro la responsabilidad penal de la acusada, en orden al delito de administración infiel.  En tanto, resulto absuelta de la imputación de fraude contra la administración pública.

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EL CASO

 La Fiscalía, investigo  los hechos ocurridos entre el mes de agosto del 2014, hasta el mes de mayo del 2015,  cuando Daniela Molina y Violeta del Carmen  Haro Díaz, en carácter de presidente y tesorera de la “Asociación Sarmientina de Automovilismo”, utilizando sus facultades de administración conforme estatuto, percibieron  la suma de trescientos sesenta mil pesos ($360.000) por parte del gobierno de la provincia del Chubut.

Estos fondos ,estaban  destinados a la obra denominada “Convenio de Infraestructura – “Construcción Sede Social”. Según los investigadores, la  totalidad de ese dinero no fue destinada a las obras comprometidas.

Esta acción, provoco  un daño patrimonial a la asociación que representaban,  y además se violaron los deberes confiados.

El segundo hecho que se investigo  se basa en el incumplimiento en que habría incurrido Daniela Molina. Por el cargo que ocupaba en la organización, estaba obligada a  presentar documentación y rendiciones  ante el Tribunal de Cuentas de la provincia de Chubut .

En este sentido,  se explico  que  los subsidios que otorga la provincia de Chubut están sujetos a la obligación de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas, en el marco del Régimen de Asignación, Utilización y Rendición de Subsidios.

"Convenio de infraestructura y construcción de la sede social"

Para los investigadores, la ex titular de la organización que nuclea el deporte automovilístico de Sarmiento,  presento distinta documentaciones a esos fines. También consideran que omitió la presentación de otras acreditaciones.

En particular, observan un incumplimiento de rendición de cuentas ante las autoridades competentes, por  el subsidio  destinado a la obra denominada “Convenio de Infraestructura – “Construcción Sede Social”.

Para este proyecto, la provincia otorgo a la A.S.A, la suma de  trescientos sesenta mil pesos ( 360.000 $). La responsable de la administración de esos fondos  no rindió cuentas por la suma de cincuenta y cinco mil ochocientos sesenta y ocho pesos ($ 55.868).

Además, tampoco habría subsanado  las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas,  por la suma de  137.729 pesos.

El organismo encargado del control de  las cuentas del estado provincial había requerido a Molina los comprobantes de:  notas de pedido, remitos, presupuestos, recibos sin membrete, recibos oficiales de A.S.A, que no acreditan pago alguno.

Asimismo, los acusadores  sostienen que el profesional que  acompañó al proyecto “Modelo  de Licitación para Autódromo A.S.A.”,  indicaba en detalle minucioso,  las conductas que debían llevar a cabo los imputados, a fin de efectuar las obras. Principalmente, la obligación de requerir facturas para ello.

Posteriormente, Daniela Molina en su carácter de presidente, ante la observación mencionada, intento justificar los egresos de dinero, con la presentación de distinta documentación.

En este contexto, presento  facturas de: refacción de sanitarios,  en concepto de metros lineales de paredón, compra de artículos de limpieza, compra  de trofeos y  trabajos de ploteados. Ninguno de estos recibos,  se corresponde con el destino de la obra en cuestión.

 Asimismo, la imputada trato de rendir gastos aportando recibos sin membrete y no acreditando a que obra fue destinado el trabajo pagado. Todos los recibos descriptos se refieren al paredón y no a la obra investigada.

Lic. Jorge Manuel Juárez

 Oficina de Comunicación Institucional

28 de julio 430 - Sarmiento - Chubut

T: 0297- 4898327

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Procuración General - Ministerio Público Fiscal
Poder Judicial de la Provincia del Chubut

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