COMUNICADO DE PRENSA DEL MINISTERIO PUBLICO FISCAL SARMIENTO
Con respecto a los hechos ocurridos el día viernes 17 de febrero, en oportunidad de una intervención de la policía, a raíz de las manifestaciones de un grupo de personas, quienes dieron cuenta del accionar de un sujeto, que habría estado realizando exhibiciones obscenas, en inmediaciones de la Plaza San Martin, nos parece oportuno efectuar algunas especificaciones, sobre el desempeño del Ministerio Publico Fiscal, en este caso.
La Funcionaria de Fiscalía, Marisol Sandoval, y el Fiscal Herminio Gonzales Meneses, tomaron conocimiento del hecho, mediante la comunicación telefónica del personal policial, aproximadamente a las 17:30.
De forma inmediata, se constituyeron en la sede policial y comenzaron a trabajar, junto a los empleados policiales, en la toma de entrevistas a los denunciantes.
En este contexto, se informo que fueron tres padres, y un grupo de menores de edad, quienes relataron lo que habría ocurrido con este sujeto, durante la tarde del viernes.
En el registro de las actuaciones, se indica que los denunciantes, informan que el sospechoso observaba a los niños y adolescentes, que circulaban por la plaza. Asimismo, que les parecía que habría sacado fotos con un teléfono celular. En ninguno de las descripciones recibidas, se menciona que habría realizado exhibiciones obscenas
Otra de la situaciones narradas, da cuenta que el sujeto, habría hecho señas a una menor, que se encontraba acompañada con su madre, para que se acercara.
Por último, una mujer denuncio, que el joven demorado por la policía, había ingresado a su local comercial-una tienda de venta de ropa- y se habría masturbado, en el vestidor. Esta situación, habría ocurrido, hace aproximadamente un mes. La denuncia se recepciono en la comisaria, en la tarde del viernes.
Con esta información, la funcionaria Sandoval, busco en los archivos judiciales, antecedentes del detenido. En este marco, averiguo que tenía una denuncia por el delito de robo , ocurrido el 21 de junio del 2016, en Comodoro Rivadavia.
Esta causa judicial, fue abordada mediante el ofrecimiento de una reparación económica. En consecuencia, una vez cumplida la propuesta, se dispuso su sobreseimiento.
ELEMENTOS NECESARIOS PARA UNA DETENCION
Así las cosas, los profesionales de la Fiscalía, analizaron los elementos de las denuncias, para establecer, si se encuadraban en los requisitos legales indicados en los Artículos 128 y 129 del Código Penal.
La normativa del Articulo 18, determina que : Será reprimido con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho (18) años, dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores.
Tambiensostiene que: Será reprimido con prisión de cuatro (4) meses a dos (2) años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior con fines inequívocos de distribución o comercialización. Será reprimido con prisión de un (1) mes a tres (3) años el que facilitare el acceso a espectáculos pornográficos o suministrare material pornográfico a menores de catorce (14) años. (Artículo sustituido por art. 2° de la Ley N° 26.388, B.O. 25/6/2008)
En tanto, el artículo 129, indica: Será reprimido con multa de mil a quince mil pesos, el que ejecutare o hiciese ejecutar por otros actos de exhibiciones obscenas expuestas a ser vistas involuntariamente por terceros. Si los afectados, fueren menores de dieciocho años, la pena será de prisión de seis meses a cuatro años. Lo mismo valdrá, con independencia de la voluntad del afectado, cuando se tratare de un menor de trece años.
En este marco, la parte acusadora, determino que no contaban con elementos suficientes, para requerir al juez de turno su detención y posteriormente, iniciar un proceso de investigación.
En consecuencia, el sospechoso permaneció demorado, en aplicaciones decreto 815, que permite a la policía, detener a una persona para la averiguación de antecedentes penales y medios de vida.
Toda esta situación, fue transmitida por Sandoval , a los padres y adolescentes, que se vieron afectados por el caso. Los damnificados, entendieron las explicaciones de la abogada de Fiscalía y se retiraron, con el compromiso de trabajar en conjunto y bajo los mandatos legales, que impone el Código Penal.
En este contexto, se logro averiguar que el sujeto , permanecía en Sarmiento, desde hace tres meses. Su radicación en la zona, fue por intermedio de contactos con una organización gremial vinculada la construcción.
Finalmente, efectivos policiales informaron a los investigadores, que el sospechoso tomo un colectivo en dirección a Comodoro Rivadavia, durante las primeras horas de la madrugada del sábado.
Por último, desde el equipo de trabajo de la Fiscalía, se recuerda que es necesario, que las denuncias de los presuntos hechos delictivos, deben ser efectuadas en la sede de la Comisaria o las Oficinas del Ministerio Publico Fiscal, a los fines de poder actuar con elementos, indicios o pruebas, que permitan a los profesionales, realizar investigaciones judiciales en el marco de la legalidad requerida.