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Prision perpetua para Claudio Lamonega

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 TRIPLE HOMICIDIO DE SARMIENTO: CONDENARON A CLAUDIO LAMONEGA A LA PENA DE PRSION PERPETUA

Los jueces Roberto Casal, Daniel Pérez y Marcelo Orlando, informaron  la sentencia condenatoria, contra Claudio Norberto Lamonega (50), autor de los asesinatos de Marisa Santos y sus hijos, Lucas y Victoria Ramis. Por unanimidad,  el tribunal le impuso la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas. La calificación jurídica, escogida por los jueces, fue la autor penalmente responsable del delito de  homicidio agravado por alevosía, tres hechos en concurso real.  Con relación a la víctima Marisa Ester Santos, agravado también por el vínculo. Todos agravados por el uso de arma de fuego.

Asimismo, resolvieron que se mantenga la medida de prisión preventiva,  hasta que la sentencia adquiera firmeza. Lamonega, en tanto, no participo de la audiencia.

En la sala de audiencias de la Oficina Judicial, se desarrollo la decimo sexta jornada de audiencias, en el marco de la causa, por el  triple homicidio, ocurrido el 23 de noviembre del año pasado.

En la oportunidad, los jueces Pérez y Casal, dieron lectura a los votos emitidos en la sentencia condenatoria, contra Lamonega. También, informaron el veredicto del magistrado de Puerto Madryn, Marcelo Orlando, quien aporto sus conclusiones, mediante el envío de un correo electrónico.

Durante más de cuatro horas y media, los integrantes del tribunal de juicio, desarrollaron los argumentos expuestos, en el veredicto de culpabilidad, emitido el  sábado, doce de diciembre.

En tal sentido, desplegaron jurisprudencias y análisis, sobre los planteos de nulidad, la materialidad, la autoría y las contradicciones del acusado..  

Con respecto el pedido de nulidad, requerido por la Defensa Publica, sobre la pericia del examen mental obligatoria, efectuada por el médico psiquiatra Herminio Gonzales, el tribunal volvió a explicar que las peticiones y el procedimiento, no habían violado las garantías individuales del imputado

En este contexto, aclararon las cuestiones referidas al análisis de indicios unívocos, que guardan completa armonía entre sí, y que los condujeron a las mismas conclusiones sobre el hecho investigado por el Ministerio Publico Fiscal.

En este sentido, expusieron que no hubo controversias entre las partes, sobre la materialidad de los hechos.

Con respecto a la autoría, los tres jueces, sostuvieron  que el indicio de presencia de  de Lamonega, en la casa de las víctimas el día de los hechos, se pudo probar, entre otras cosas,  mediante la declaración del propio imputado, ante el juez de la etapa anterior.

En esa instancia, el apicultor, reconoció que había cenado con el grupo familiar y luego pernocto, junto Marisa Santos, para luego retirarse de la casa de la calle Sarmiento n°445, a las nueve horas, del domingo 23 de noviembre.

Las pruebas científicas, confirmaron que los asesinatos ocurrieron, el domingo 23, entre las 3:25-último contacto de WhatsApp de Victoria, con una amiga- y las ocho de la mañana. En esa franja horaria, Lamonega, se hallaba en el interior de la vivienda, concluyo el jurado.

Asimismo, sobre la participación del acusado, resaltaron el hallazgo de restos sangre de Marisa y su hijo Lucas, en la camioneta Renault Kangoo de la víctima, que fue conducida por el acusado, el domingo por la mañana.

Con respecto, al arma de fuego calibre 22 y el silenciador encontrado por los sabuesos de la División Canes de la policía, en el canal de riego secundario n°5, fue el propio Lamonega, quien durante una de las audiencias de debate, admitió que esos elementos, fueron propiedad de su padrastro.

Sobre los indicios de  mala justificación, es decir, cuando el acusado incurre en una serie de explicaciones falsas, contradictorias o inverosímiles, el jurado, señalo varios puntos.

Al momento de acudir a la comisaria, el lunes 24 de noviembre del 2014,  a las 15:00 horas, les dijo a los empleados policiales, que desde el viernes 21, no tenía contacto con su pareja.

En tanto, el siete de enero de este año, ante el juez Rosales, declaro, que la noche del sábado 22, durmió junto a Marisa Santos.

También, el tribunal considero hubo una omisión maliciosa del acusado, al no informar a la policía, que su hijo lo había anoticiado de la presencia de  la camioneta Kanggo , abandonada en la esquina de Perito Moreno y Uruguay.

En esta línea de análisis, subrayaron la comunicación telefónica, que Lamonega tuvo con la prima de Marisa Santos, a quien le manifestó "están los cuerpos adentro", cuando hasta ese momento, solo se sabía del hallazgo sin vida, de una sola persona.

Otras de las contradicciones valoradas, fueron en base al testimonio de un amigo del imputado,, quien confirmo que Lamonega le relato, que al regresar a la casa de Marisa, controlo el aceite del rodado y le dio un masaje en las piernas a Victoria.

Para los jueces, si estas acciones ocurrieron dentro de la franja horaria, en la que fue filmado por las cámaras de seguridad, conduciendo la camioneta de la víctima y su propio rodado, inevitablemente debió haberse encontrado a los compañeros de colegio de Lucas, que lo esperaban afuera de su casa, para asistir a una maratón escolar obligatoria.

SIMULACION DE AFECTACION

Los jueces, consideran que  Lamonega, simulo una  afectación emocional, cuando los empelados policiales, lo anoticiaban del hallazgo de los cuerpos. Su actuación, no se condecía con los signos clínicos de pulsaciones cardiacas y saturación, informadas por el personal de salud del hospital.

Esta clara maniobra de simulación, coincide con los indicios de personalidad, descripto por siete testigos. Estos testimonios, definieron a Lamonega, como una persona: fría, calculadora, inteligente, callada y ermitaña.

Asimismo, se señalo que estas características son concordantes, con la falta de empatía y los mecanismos de su personalidad, que el especialista en psiquiatría y psicología, Herminio Gonzales, relato ante el tribunal, cuando brindo su declaración.

Como corolario de este análisis, agregaron la autopsia psicológica forense, realizada por el Equipo Técnico Multidisciplinario (ETM) de la Procuración, en el Departamento de  Psicología Jurídica Forense.  

En esta prueba, se determino  el bajo riesgo de las víctimas, la puesta en escena y confirmo que el autor de los asesinatos, no era ajeno al grupo familiar.   

EL FEMICIDIO Y EL HURTO

Sobre el agravantes de hurto calamitoso, los magistrados coincidieron que la parte acusadora presento indicios anfibológicos, donde el hecho admite una explicación que pueda ser compatible con otro hecho distinto del indicado.

En este sentido, sostuvieron que el revólver del padre de Marisa, había sido dejado en su casa, en una fecha anterior a los hechos y no se adquirió el grado de certeza requerido para el caso.

Con respecto al femicidio, explicaron que se refiere al asesinato de mujeres por el hecho de ser mujer y mediante  la violencia de género.

En este contexto, consideraron que la violencia psicológica y económica, que la fiscalía y la querella particular, invocaron durante el debate no logro ser probada con certidumbre.

En este marco, destacaron que el testimonio del psicólogo de Marisa, sostuvo que las líneas de trabajo terapéutico estaban vinculadas a su situación laboral y no advirtió signos de violencia de género, durante el tratamiento.

Así las cosas, el tribunal resolvió imponer a Claudio Lamonega, la pena única de prisión perpetua, mas accesorias legales y costas. También mantener la medida de coerción de prisión preventiva, hasta que las sentencia quede firme.

Por último, se indico que deberá cumplir la pena ,en una dependencia del Servicio Penitenciario Federal, que se designe.

 

   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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