JUICIO POR EVASION EN RIO MAYO
Franco Martin Abadie (27) fue juzgado por el delito de evasión. El año pasado, se escapo del sector de celdas de la comisaria de Rio Mayo. Estaba detenido, en cumplimiento de una pena privativa de la libertad, con sentencia firme. La Fiscalía, solicito que se le imponga la pena de seis meses de prisión. El juez Roberto Casal, convoco a las parteas para el viernes 11, a una audiencia de lectura de la sentencia.
En la sala de audiencias de la oficina judicial se desarrollo un juicio oral y público contra Franco Abadie, acusado por la Fiscalía, por el delito de evasión. El acto judicial fue presidido por el juez Roberto Casal. El Ministerio Publico Fiscal, estuvo representado por la Fiscal Laura Castgano. El acusado, conto con la defensa del abogado de la Defensa Publica, Miguel Moyano.
En la oportunidad, Castagno, relato que el hecho investigado ocurrió el 3 de marzo del 2015, entre las 19:00 y las 20:15 , en el sector de celdas de la dependencia policial, ubicada en calle 25 de Mayo y Sarmiento, de la localidad de Río Mayo .
En ese lugar se encontraba alojado Franco Martín Abadie. Estaba cumpliendo condena de prisión por sentencia protocolizada de la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia.
Según los investigadores, el acusado rompió un candado e ingresó en una celda clausurada. Ese sector presentaba un boquete en una de las paredes. Por ese boquete, el imputado accedió a una sala contigua, que se utiliza como sala de visitas.
Luego, el recluso se dirigió a un pasillo y salto una puerta reja de tres metros de altura. Desde allí accedió por una puerta al patio interno de la comisaría, y se evadió de la dependencia policial.
Finalmente, el prófugo fue recapturado por personal policial, en la intersección de la calle Rafael de La Fuente y Pasaje Falucho.
En este marco, Castagno, explico que la conducta que se atribuye al imputado, es constitutiva del delito de evasión en calidad de autor (artículos 280 y 45, del C.P.).
A su turno, Moyano, sostuvo que la Fiscalía no lograría vencer el estado de inocencia constitucional de su asistido, en función de que no son conducentes los elementos presentados por la parte acusadora.
Por estas razones, el defensor, manifestó que el único desenlace posible por estas actuaciones, era que el tribunal llegara a la conclusión de un procesamiento absolutorio.
En el desarrollo de las audiencias de debate, se escucharon siete testimonios y se presentaron nueve medios de prueba documentales.
ALEGATOS
En la etapa de discusión final, Castagno, afirmo que mediante los testimonios y evidencias documentales rendidos durante el debate, fue debidamente acreditada la materialidad y autoría responsable del acusado, en el delito investigado por la Fiscalía.
Por su parte, el abogado defensor ratifico en toda su extensión la teoría inicial del caso. En su análisis sostuvo que de ninguna manera la plataforma fáctica, había logrado desvirtuar el estado de inocencia de Abadie.
En este marco, peticiono la nulidad del secuestro de un candado y dejar formulado el planteo de reserva del caso federal.
Por último, Moyano, argumento que por la falta de acreditación, con ausencia absoluta de prueba respecto de los elementos objetivos y subjetivos, correspondía al tribunal dictar pronunciamiento de carácter absolutorio.
El acusado utilizó su derecho a declarar y manifestó "no entiendo porque a mí, se me configuro este delito que nunca existió. Yo estaba armando un habeas corpus para irme de esa comisaria y eso puede haber hecho enojar a las personas, para inculparme de esto".
Asimismo agrego "en todo el proceso manifesté que yo en ningún momento salí de la comisaria. Si se me daba mucha confianza, barría afuera de la comisaria y salía a comprar".
Por último, Casal declaro cerrado el debate y se retiro a deliberar. En este marco, convocó a las partes para el próximo viernes a una audiencia de lectura de la sentencia.