Trelew

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Causa maltrato animal: el fiscal Moyano respondió a una intimación por devolución de los perros

Ante una solicitud efectuada por la defensa de Lorena Carrizo, quien resultó absuelta en primera instancia tras el juicio realizado por maltrato animal, el Juez Marcelo Nieto Di Biasse hizo lugar a lo requerido e intimó en nota emitida el 11 de junio, al fiscal general Fabián Moyano para que en el término de setenta y dos horas de cumplimiento al punto 2 de la resolución número 1562/2021 que refiere a la devolución de los animales a su propietaria.

De acuerdo a esto, el propio fiscal Moyano contestó en nota fechada en el día de hoy, 14 de junio de 2021, señalando que respondiendo a lo ordenado por su señoría respecto a la restitución de los perros a la imputada, le hace saber que aún no corresponde cumplimentar la misma atento a que la sentencia no ha adquirido firmeza (artículo 382 del código procesal penal) existiendo vías impugnación admitidas por la normativa procesal para esta parte, distintas a la invocada por el magistrado.

La citada normativa del artículo 333 del código procesal penal refiere a la restitución de cosas no sujetas a decomiso por lo que no resulta aplicable a este caso. A su vez, precisa el fiscal, solo establece con efecto “no suspensivo” la libertad del imputado, no así la restitución de las cosas sometidas a decomiso.

   El fiscal llamó la atención al Juez acerca que la sentencia también puede ser impugnada conforme las previsiones del artículo 373 incisos segundo y tercero del código procesal penal, cuando exista errónea aplicación de la ley y a su vez, carezca de motivación suficiente, ser contradictoria, ilógica y arbitraria. Efectivamente, la legitimación del Ministerio Público Fiscal surge de lo dispuesto por el artículo 378, tercer párrafo en relación al artículo 375 inciso primero, 2 del código procesal penal, cuando la sentencia sea el producto de un procedimiento defectuoso.

   Aclara el fiscal Moyano que todo ello se explicitará detalladamente en la impugnación extraordinaria que presentará en tiempo y forma, relacionada con la resolución de la absolución dispuesta tras el juicio oral correspondiente.

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