Trelew

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DOS PERSONAS FUERON HALLADAS CULPABLES POR UNA ESTAFA EN UNA OPERACIÓN REALIZADA EN TORNO A LA COMPRA DE UN VEHÍCULO

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La pena será dada a conocer el próximo lunes 23

  Los encontrados culpables, luego de un Juicio llevado adelante en los Tribunales de Trelew deberán permanecer en prisión preventiva y arresto domiciliario, respectivamente, tal la decisión adoptada por el Dr. Alejandro Defranco, ante una solicitud de la Fiscalía, representada en la oportunidad por el Doctor Fabián Moyano.

EL HECHO   El hecho que se juzgó en la oportunidad tuvo lugar el 3 de noviembre de 2008,cuando Franco Darío Marcos y Marlene Clavijo simularon una operación de compra en el domicilio ubicado en Entre Ríos 634 de Trelew, lugar donde llegó un matrimonio con la intención de obtener unos treinta y tres mil pesos para proceder a entregar el automóvil, de acuerdo a lo convenido. La mujer propietaria del vehículo firmó el boleto de compra-venta y entregó la documentación correspondiente, pero luego les fueron sustraídas las llaves, que se encontraban sobre una mesa y Marcos se retiró en el mismo automóvil del lugar.   Posteriormente, el auto fue encontrado volcado en una de las rutas vecinas a la ciudad, por lo que los damnificados realizaron las denuncias correspondientes, llegándose a este juicio oral y público, donde el Ministerio Público Fiscal expuso sobre la materialidad y autoría de Marcos y Clavijo del delito de estafa, de acuerdo al art. 172 del Código Penal.   Al efecto, el Dr. Moyano recordó los antecedentes de los acusados, teniendo Marcos una condena de un año de prisión en suspenso, que data del 31 de julio de 2007, por abuso de arma, mientras que Marlene Clavijo tiene una de tres años y seis meses de prisión el 8 de agosto de 2003.

ARGUMENTOS DEFENSIVOS   La Defensa, ejercida por el Dr. Matías Cimadevilla alegó que las víctimas de la estafa habían sido sus clientes, dando a entender que habían contradicciones en las declaraciones de los testigos traídos a juicio. Manifestó que las víctimas nunca pidieron la restitución del vehículo, dado que el auto lo habían vendido y también cobraron los treinta y tres mil pesos en efectivo, con lo que queda clara la no autoría del hecho.   Por otro lado, puso énfasis en la copia original de la llave del automóvil, que fue presentada durante la audiencia por Marcos, tirando por tierra, según el abogado, toda la hipótesis acusatoria, marcando la absoluta inocencia de sus defendidos y pidiendo la absolución.

EL VEREDICTO   El Juez, Dr. Alejandro Defranco expresó al dar a conocer el veredicto, que el meollo del asunto era saber si se pagó o no la suma estipulada, y abonó la credibilidad de los informantes, que determinan que el importe no fue entregado por Marcos.   También resaltó que en ningún momento hubo alguna insinuación hacia la calidad de gitanos de quienes estaban siendo juzgados, cosa que también fue remarcada por el Dr. Moyano, cosa que solo trajo a colación la propia Defensa. Se infiere que existió un plan común para quedarse con el vehículo, considerándolos autores materiales y responsables del delito de estafa, de acuerdo al art. 172 del Código Penal.

DEBATE DE PENA   Luego se debatió la pena a imponer, solicitando la Fiscalía tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, teniendo en cuenta los antecedentes, y entendiendo que existe el presupuesto de fuga, pidió la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme, con el fin de evitar que se sustraigan a la acción de la justicia. Además, el Dr. Moyano pidió la restitución del automóvil a favor de la denunciante, retrotrayendo la situación a la condición anterior al hecho, aclarando que en la actualidad el vehículo se encuentra secuestrado.   El Dr. Cimadevilla se opuso a la pretensión Fiscal hablando del arraigo de sus clientes, dando a conocer una enfermedad terminal que afectaría a la señora Clavijo, indicando que tiene otro hijo detenido, padeciendo adicciones y del cuál tiene que hacerse cargo. Marcó como inconsistente la posibilidad de fuga e hizo alusión al planteo desmedido del Fiscal, puesto que el daño producido en los damnificados no es tal.

PRISION PREVENTIVA   El magistrado evaluó como cierto que debido a los antecedentes la pena a imponer no podrá ser de cumplimiento condicional, y tuvo presente el peligro de fuga existente en la situación de Marcos, no así en la mujer, decidiendo el arresto domiciliario de esta última, quien deberá acreditar la certificación de su enfermedad. En tanto, Franco Darío Marcos deberá permanecer en prisión preventiva hasta el momento de la pena, que será dada a conocer el próximo lunes 23 del corriente, por lo que ordenó su inmediata detención luego de la Audiencia.

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