Trelew

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Elevan a juicio oral causa por graves hechos de violencia de género en Paso de Indios

Durante una audiencia preliminar desarrollada en horas de esta mañana en sala de oficina judicial, tercer piso de los tribunales en Trelew, el Ministerio Público Fiscal a través de la procuradora de fiscalía Claudia Ibáñez presentó la acusación respectiva en la que se imputa a una persona de veinticinco años por graves hechos de violencia de género ocurridos durante 2021 en la localidad de Paso de Indios.

En la mencionada acusación el Ministerio Público Fiscal da cuenta de tres hechos, ocurridos el primero de ellos el 7 de noviembre del mencionado año, un segundo hecho que sucedió el 16 de enero de 2021 y se amplió el escrito con una tercera denuncia por un hecho del 6 de noviembre de ese año, todos en perjuicio de su ex pareja y en diferentes sitios de aquella localidad.

La calificación jurídica de los hechos atribuidos al imputado son por el primer hecho, desobediencia, amenaza con arma y daño, en calidad de autor, en concurso real y en un contexto de violencia de género, artículo 149 bis primer párrafo, segunda oración, 183 y 239 y artículo 45 del código penal, en concurso real con la calificación legal del segundo hecho, que es lesiones leves doblemente agravadas por haber sido cometidas por una persona que fue su pareja y por mediar violencia de género en concurso real con daño en calidad de autor y en un contexto de violencia de género, artículo 92 por remisión al 80 incisos 1 y 11 y artículo 183 del código penal y en concurso real con el hecho número tres, amenazas con arma blanca en concurso real con lesiones leves doblemente agravadas por haber sido cometidas por una persona que fue su pareja y mediar violencia de género, artículo 149, inciso 1 y 92 por remisión al 80 incisos 1 y 11.

Resultan aplicables al caso las disposiciones contenidas en la Ley 26432, adhesión a la Convención de Belem do Pará, la Ley 26485, de protección integral de las mujeres, las 100 reglasde Brasilia, a las cuales ha adherido el Superior Tribunal de Justicia de Chubut por acuerdo plenario 3872, la Ley provincial XV nro. 12 y demás disposiciones legales y constitucionales vigentes.

La Jueza Mirta Moreno evaluó y consideró admisibles las pruebas presentadas por ambas partes y determinó que es competente para entender en la presente causa la constitución de un tribunal unipersonal, según lo establecen las normas del código procesal penal. Por otra parte y ante solicitud de la doctora Ibáñez, que contó con la oposición de la defensora Romina Rowlands, resolvió la magistrada la continuidad de las medidas sustitutivas que venía llevando adelante, esto es la prohibición de acercamiento a la víctima, como así también la prohibición para ingresar por cualquier causa a la localidad de Paso de Indios, hasta la realización del debate correspondiente.

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