Trelew

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Elevan a juicio oral causa por homicidio simple

  La Jueza Ana Laura Servent decidió en una audiencia preliminar la elevación a juicio oral y público de la causa donde se investiga la muerte de Claudio Calcavecchia, que según la acusación elevada por el Ministerio Público Fiscal, ocurrió el 17 de julio de 2016 siendo imputado como autor de homicidio Héctor Omar Curiqueo, quien se encuentra detenido en la seccional primera de Trelew.

  De acuerdo al relato del fiscal general Sergio Ferrín, el día indicado luego de las 6 aproximadamente, Curiqueo encontrándose en su casa ubicada en el barrio Planta de Gas, atacó a la víctima con un elemento punzo cortante asestándole catorce puñaladas, algunas de ellas en el cuello, cuatro en la zona externa superior, otras tantas en la zona media y de acuerdo a las certificaciones una de las puntadas del cuello le seccionó la vena yugular.

  Posteriormente el agresor arrastró el cuerpo de Calcavecchia hasta el garaje de su vivienda, donde lo cargó en un vehículo que sería de su propiedad para conducirlo hasta un vertedero de basura y arrojarlo entre desperdicios tapándolo con bolsas tratando de ocultarlo. El cuerpo sin vida fue hallado el mismo día cerca de las 16 por un matrimonio que juntaba chatarra en aquel sitio.

  El doctor Ferrín destacó como medios de prueba las entrevistas efectuadas oportunamente y la calidad de los testimonios que vieron por última vez a la víctima en compañía del acusado, a la vez que puso en conocimiento de pericias llevadas adelante con muestras de sangre recogidas en distintos lugares, uno de ellos aquel que el propio Curiqueo señaló confirmando donde se produjo el ataque.

  La calificación es la de homicidio simple, de acuerdo a los artículos 79 y 45 del código penal y la pretensión punitiva no será menor a los ocho años de prisión, siendo esta la pena mínima establecida para el tipo de delito. El fiscal solicitó la mantención de la medida de coerción hasta el momento del juicio, fundamentando principalmente en el peligro de fuga, dado por la expectativa de pena y la gravedad del injusto cometido, mientras el defensor Abdo Manyauik no puso mayores objeciones a la acusación elevada por la fiscalía, exigiendo el cumplimiento de los plazos establecidos en el artículo 300 del código procesal penal para la pronta programación del debate.

  En su resolución la doctora Servent tuvo en cuenta las argumentaciones del Ministerio Público Fiscal elevando la causa a juicio oral y público solicitando para tal fin la conformación de un tribunal colegiado. Del mismo modo, determinó que se mantenga la prisión preventiva de Curiqueo por la existencia del riesgo de fuga, entendiendo que el hecho conlleva la gravedad impuesta por la decisión del imputado, quien asestó catorce puñaladas, aunque exigió a la oficina judicial la programación del juicio oral en los plazos vigentes, según las normas respectivas.

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