El Juez Sergio Piñeda impuso en una audiencia de control la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar para una mujer de 30 años, imputada por el Ministerio Público Fiscal con el delito de hurto consumado en calidad de coautora, pero una revisión de aquella decisión solicitada por la defensa y efectuada por los Jueces Ivana González y Fabio Monti, determinó el arresto domiciliario, una vez que se cumplan con los requisitos para tal fin.
En la audiencia efectuada ayer, la funcionaria de fiscalía, Verónica Van Vliet, relató que el 17 de marzo, cerca de las 20,15, Patricia Nahueltripay resultó detenida luego que sustrajera varias prendas de vestir en un local comercial ubicado en Rivadavia al 200 de Trelew. En el hecho actuó acompañada por otra mujer y cuando se retiraban ambas sonó la alarma, procediendo el propietario del lugar a realizar el pedido para que devuelvan la ropa, mayormente para niños.
La imputada entregó varias prendas, pero en ese instante su compañera golpeó con un casco de motocicleta al dueño y ambas se dieron a la fuga. Alertada la policía, utilizando el sistema de monitoreo, varios efectivos lograron detener a Nahueltripay a pocos metros de distancia. La fiscalía consideró el hurto consumado, dado que según manifestara el damnificado, hay ropa que no fue devuelta.
La doctora Van Vliet expuso sobre los reiterados hechos en los cuales participó la imputada, recordando que tiene una condena de 15 meses en suspenso del 16 de abril de 2014, considerando por esto que de existir una nueva pena la misma sería de cumplimiento efectivo. Además, el 11 de marzo pasado cumplió con una condena impuesta en Puerto Madryn de un año efectivo cumplimiento, estando ocho meses privada de su libertad, completando con la libertad condicional.
Por todo lo anterior y considerando la probabilidad de autoría y el riesgo de fuga, se solicitó la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar, quedando a cargo de la investigación el fiscal general Osvaldo Heiber.
La defensora Carolina Marín discrepó con la calificación fiscal, indicando que todo da a suponer que se trató de un hurto en grado de tentativa, puesto que se habían recuperado los elementos sustraídos. Manifestó que últimamente la fiscalía pide siempre la prisión preventiva cuando se trata de una medida cautelar y excepcional, estimando que su defendida en una persona inocente y los antecedentes no pueden implicar un anticipo de pena, haciendo mención a lo que entiende como doble juzgamiento, para finalizar pidiendo medidas sustitutivas.
El Juez Sergio Piñeda autorizó la apertura de investigación por la calificación dada a conocer a través del Ministerio Público Fiscal, y estuvo de acuerdo con la defensa en cuanto a la excepcionalidad de la medida de coerción, pero reafirmando que se trata de una reiteración de hechos y había que tener en cuenta el comportamiento durante procedimientos anteriores, remarcando la falta de interés y el desprecio a la ley que expresa Nahueltripay. Estimó que en caso de condena sería de cumplimiento efectivo y dictó la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar, teniendo en cuenta los artículos del Código Procesal Penal que refieren a la autoría y el riesgo de fuga.
Revisión
Sin embargo, la defensora pidió una revisión de lo resuelto por el doctor Piñeda, y esa audiencia tuvo lugar hoy con los doctores Ivana González y Fabio Monti, quienes escucharon los argumentos del fiscal Osvaldo Heiber por la parte acusadora y de las defensoras Carolina Marín y Angela Gómez Lozano, tras lo cuál y luego de escuchar el audio de la determinación tomada por el doctor Piñeda, morigeraron la prisión preventiva, mutándola por el arresto domiciliario, bajo el cuidado de una persona que no sea familiar, toda vez que la defensa cumpla con los parámetros establecidos para esta medida, como lo son la determinación de un domicilio y elección de la persona.
Sostuvieron que los riesgos procesales expuestos pueden ser neutralizados a través de una medida domiciliaria, proporcional al tipo de delito cometido.