Trelew

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En una audiencia se anuló procedimiento policial tras haberse recuperado elementos robados

  En una audiencia de control, el Juez Marcelo Nieto Di Biase hizo lugar a lo pedido por la defensora Zulma Manyauik y declaró nulo un procedimiento de allanamiento realizado por personal policial, donde tras una persecución a partir del testimonio dado por la víctima, se produjo la detención de dos personas y se recuperó el elemento que había sido robado.

Hecho

   El día 22 de noviembre de 2017, en momentos previos a las 22:20 horas, personal policial se encontraba en un móvil realizando tareas de rutina. En esas circunstancias tomaron conocimiento vía radial sobre la presunta comisión de un robo en el domicilio sito en calle Pedro Derbes y Pasaje Cruz del Sur, razón por la cual se dirigieron rápidamente hacia ese sitio.

Cuando se encontraban en calle 25 de Mayo casi Pedro Derbes pudieron ver que por un descampado y en dirección a la calle Rawson iban corriendo dos personas de sexo masculino, que vestían remeras claras rayadas y llevaban consigo un televisor. En ese mismo instante, otra persona de sexo masculino los interceptó y les informó que esos dos sujetos le habían sustraído el televisor de su casa. Ante ello, dos de los efectivos descendieron del patrullero e iniciaron su persecución a pie. Por su parte, el restante procuró interceptarlos con el patrullero y fue así que al dar vuelta por la calle Oris de Roa vio que los sospechosos corrían por calle O’Higgins mientras eran perseguidos por sus colegas.

Finalmente, los sindicados pudieron ser aprehendidos en el patio del domicilio sito en calle O’Higgins  de Trelew, sitio al que el personal policial accedió en el marco de la persecución que venía realizando y en procura de cumplir con el deber de practicar la detención de los autores del hecho denunciado. De acuerdo a las constancias de autos, los mismos arrojaron el televisor que venían trasladando y resistieron el procedimiento policial, arrojando golpes de puño contra el personal interviniente, motivo por el cual debió ejercerse la fuerza mínima indispensable para reducirlos. Finalmente, fueron identificados como Bruno Manuel Muñoz y Claudio Matías Muñoz, practicándose el secuestro en el lugar de un televisor de 49 pulgadas, color negro, marca Samsung.

Se logró identificar al propietario del inmueble, quien denunció que cuando llegaba a su domicilio, observó a dos hombres con remeras rayadas corriendo con un televisor en dirección a la calle 25 de Mayo. Pudo ver que la puerta de su domicilio se encontraba forzada y ante ello se dirigió hacia la calle 25 de Mayo, en donde halló un patrullero y denunció lo ocurrido. Posteriormente constató que, efectivamente, la puerta de ingreso a su domicilio se encontraba forzada y que le habían sustraído un Smart TV, marca Samsung, color negro, de 49 pulgadas, con su cable de corriente.

  El funcionario de fiscalía Aldo Nizetich expuso en la audiencia que la calificación jurídica provisoria es la de robo en grado de tentativa en carácter de coautores, artículos 164, 42 y 45 del código penal, quedando a cargo de la investigación el fiscal general Arnaldo Maza, no solicitándose medidas de coerción, aunque si se peticionó la prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto de los imputados hacia la víctima y su domicilio.

Defensa

  Según la defensora sus asistidos se encontraban en su domicilio cenando al momento que irrumpió la policía sin aval de artículo alguno del código procesal penal, estimando que se violaron derechos constitucionales. Dejó planteada de esta manera la nulidad de las detenciones y todo procedimiento posterior.

Persecución

  El doctor Nizetich manifestó que no compartía lo expuesto por la defensa, ya que si bien los imputados fueron detenidos en el patio de la vivienda, esto sucedió tras una persecución ante el robo concretado. Asimismo en el acta respectivo se encuentra la denuncia efectuada por la víctima quien ofreció una versión que se condice con lo actuado y relatado.

Juez decide nulidad

  Después de escuchar a las partes el Juez Marcelo Nieto Di Biase expresó que del acta mismo surgiría que se ingresó al domicilio y eso ya sería motivo para determinar la nulidad del allanamiento. Explicó que el código procesal fija las formas de actuar, y cuando no se trata de un hecho grave, como entendió este que calificó como robo simple, la policía debería haber dejado una consigna mientras se esperaba la orden judicial para llevar adelante las diligencias al día siguiente, ya que se trataba de horas de la noche. Consideró que no se estaba ante un hecho grave que pudiera ameritar la inmediata actuación policial, subrogándose los efectivos funciones que no le son propias.

  Se amparó en el artículo 164 del código procesal penal en relación con el 174 inciso 3 y el artículo 18 de la Constitución para resolver la nulidad de las detenciones y en consecuencia quitándole validez a todo lo sucedido. Dijo que este procedimiento resulta inválido y lo que se logre con lo efectuado también es inválido. Mas allá de esto, dispuso la apertura de investigación y la prohibición de acercamiento a la víctima.

 

 

 

 

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