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LUIS DE HERNANDEZ Y MAGIN VENTURA FUERON CONDENADOS POR ADMINISTRACIÓN INFIEL EN PERJUICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA

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   En la tarde del lunes el Juez, Dr. Sergio Piñeda, procedió a dar lectura a la parte resolutiva de la determinación tomada tras el Juicio Oral y Público al que fueron sometidos los ex funcionarios, Luis de Hernández y Magín Ventura, acusados por el delito de administración infiel en perjuicio de la administración pública, cuando en el año 2003, siendo aún intendente municipal y secretario de hacienda, respectivamente, llevaron adelante una maniobra que permitió la salida ilegal de 373.842,24 pesos por supuestas obligaciones asumidas desde la comuna rawsense en beneficio de Miguel Angel Castillo, un abogado que falleció posteriormente.   El Doctor Piñeda indica en los extensos fundamentos conocidos luego de la lectura, que los sucesivos acontecimientos dieron mayor nitidez al alemento subjetivo del tipo penal de cada uno de los imputados, y se refleja en las evaluaciones y declaraciones que hiciera uno de los peritos: el 9 de diciembre de 2003 ingresa al Municipio de Rawson el monto de 1.545.061, 89 en carácter de convenio y se egresa el monto de 373.842, 24; el mismo 9 de diciembre están las dos resoluciones, la 3197 que se autoriza el pago en este caso al señor Febrero y la resolución 3198 del mismo año que con carácter de urgente se imputa a la partida antes mencionada.   El 23 de diciembre se hace el libramiento del pago, a través de un cheque en carácter de diferido por un monto de 291.692,07 pesos, emitido el 10 de diciembre, siendo la fecha efectiva de pago el 23, según el convenio celebrado entre la provincia y el municipio. El convenio tenía la cláusula del reconocimiento de la deuda por parte de la provincia al municipio y el acuerdo de realizar los pagos en sucesivas etapas o cuotas, siendo el monto total de 3.115.353,24 pesos. Esta última cifra fue la acordada entre ambos organismos provincial y municipal, y estuvo dividida en el pago de 1.545.061, comenzando el 9 de diciembre y después en pagos sucesivos, a partir del 8 de enero de 2004 en cuotas iguales de 392.572,83 pesos.   Son estos los motivos que me llevan a pensar en la existencia de un menos cabo al patrimonio del erario municipal, expresa luego el magistrado, agregando que constituyendo una violación a los deberes de los imputados, pecuniariamente adversos, para el titular – estado Municipal – del patrimonio confiado, tal como queda señalado en la conceptualización del perjuicio y que se tradujo en las resoluciones mencionadas, que autorizan al pago al sr. Febrero. Además, aclara que nada va a decir en esta resolución sobre la cesión realizada por el Dr. Castillo al Sr. Drach, como representante de una empresa gestora, por no corresponder a este caso. AUTORIA   Los imputados, sres. Luis Alberto De Hernández y Magín Angel Ventura, en el período 2002 y 2003, se desempeñaron como funcionarios públicos ocupando los cargos de intendente y secretario de Hacienda, ambos en el Municipio de la ciudad de Rawson, que fue reconocido por ellos con documental acompañada.   Por otra parte, han reconocido, en el caso de De Hernández, en su carácter de intendente, el contrato celebrado con el Dr. Miguel Angel Castillo, en fecha 4 de noviembre de 2003 y las resoluciones nro. 2726/03, 3197/03, 3198/03, refrendadas estas últimas por el sr. Magín Angel Ventura, en su carácter de Secretario de Hacienda.   Lo posiciona al primero de los nombrados como autor y al segundo como partícipe necesario del delito enrostrado. CALIFICACIÓN LEGAL   De lo antedicho surge que el hecho probado integra la acusación y convierten al sr. Luis Alberto Hernández como autor del delito de administración infiel en perjuicio de la administración pública y al señor Magín Angel Ventura como partícipe necesario del mismo delito, de acuerdo a los artículos 173 inciso 7, 174 inciso 5 y 45 del Código Penal. RESOLUCION   El Dr. Sergio Piñeda decidió absolver a los imputados por el delito de abuso de autoridad (arts. 248 primera parte y 45 del Código Penal), una acusación que había presentado el Ministerio Público Fiscal como subsidiaria en caso de no prosperar la de administración infiel, pero que en los alegatos el propio Dr. Arnaldo Maza había preferido desistir de ella.   La determinación principal del magistrado señala: condenar a Luis Alberto De Hernández como autor del delito de administración infiel en perjuicio de la administración pública, un hecho (arts. 173 inc. 7, 174 inc. 5 y 45 del Código Penal) y al sr. Magín Angel Ventura como partícipe necesario del delito de administración infiel en perjuicio de la administración pública, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y por el doble del tiempo de sus condenas a inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos. LA CAUSA   La causa había sido caratulada como “Planas Pedro s/denuncia” y se respaldaba en que Luis De Hernández, en calidad de intendente de Rawson, sabiendo lo que hacía y abusando de la confianza que gozaba, violó los deberes de funcionario público queriendo lograr un lucro indebido cuando entre el 4 de noviembre de 2003 al 9 de diciembre del mismo año, ordenó la salida ilegal de 373.842,24 pesos por supuestas obligaciones asumidas por la comuna en beneficio de Miguel Castillo.   En tanto, Magín Ventura, queriendo colaborar con esta maniobra, el 5 de noviembre y el 9 de diciembre de 2003, siendo secretario de Hacienda de Rawson, refrendó las resoluciones 2726 y 3158, mediante las cuales De Hernández ordenó la salida de esos fondos, causando un perjuicio al erario público.   En representación del Ministerio Público Fiscal actuaron el Fiscal General, Dr. Arnaldo Maza y el Funcionario de Fiscalía, Dr. Rodrigo Freire Méndez, mientras que las defensas fueron ejercidas por el Dr. Fabián Gabalachis, para con Luis De Hernández y la Dra. Angélica Gómez Lozano en la persona de Magín Ventura.

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