Trelew

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PRISION PREVENTIVA PARA DOS IMPUTADOS POR ROBO AGRAVADO

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Ambos tienen condenas por otros hechos

 Se trata de Mario Daniel Alvarez y Jorge Ariel Figueroa, quienes el día domingo 3 del corriente mes, cerca de las 10,50 hs., se apersonaron al local comercial ubicado en Musatchio y Etcheverría del Barrio CEPAM de Trelew, apuntando con un arma a una clienta y su pequeña, mientras otro iba hacia la caja registradora para hacerse de lo allí existente.   El Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. María Tolomei imputó a los mencionados por la presunta comisión del delito de robo agravado por el uso de arma en grado de tentativa y en carácter de coautores, de acuerdo a los arts. 166, inc.2, última parte, 42 y 45 del Código Penal.   En la Audiencia llevada a cabo hoy, que se extendió hasta cerca de las 16,30, la Dra. Ivana María González decidió dar por formalizada la apertura de investigación y la calificación provisoria escogida por Fiscalía, conforme a los elementos citados en su sustento. Asimismo, hizo lugar a las medidas de coerción peticionadas por entender que se dan los presupuestos exigidos por los arts. 220 incs. 1 y 2, 221 inc. 2 y 222 inc. 2 del Código Procesal Penal, riesgos de fuga y entorpecimiento.   En su resolución, la magistrado indica que los aprehendidos vestían ropas de características similares a las aportadas por las víctimas, vistiendo una remera de boca Alvarez y remera y buzo negro Figueroa. Todo ello, debe sumarse al hecho que Alvarez, al momento de su ingreso a la comisaría actuante, entre sus pertenencias, hizo entrega de dinero y de un pagaré por el monto de 80 pesos a nombre de quien es propietaria del comercio, sustraído de la caja registradora, lo que resulta suficiente para tener por acreditada en esta etapa inicial de la investgación y con el grado de probabilidad requerido, la autoría responsable de ambos imputados en el hecho que se investiga.   La Dra. Tolomei mencionó que ambos imputados están estan cumpliendo condena de tres años y seis meses de prisión. Alvarez permanecía con un régimen de semilibertad, por el que debía regresar a su lugar de detención el sábado a las 17 hs. y no lo hizo, entendiendo que corresponde hacer saber al Dr. Defranco, juez de instrucción, que ambos se encuentran detenidos por el hecho relatado en esta audiencia, teniendo en cuenta el régimen de semilibertad y las salidas transitorias, bajo el cuál se hallaban.   La Dra. González dio por formalizada la apertura de investigación, según art. 282 del Código Procesal, por el plazo de un mes y medio , a la vez de decretar la prisión preventiva, en orden al hecho imputado, también por el término de un mes y medio, vencido el cuál la misma deberá ser revisada. También hizo lugar a los reconocimientos en rueda de personas solicitados por los imputados a su respecto, disponiendo que tanto Figueroa como Alvarez permanezcan en sus respectivos lugares de detención, conforme fuera solicitado por la Defensa, ejercida por el Dr. Sergio Rey

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