Trelew

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Rechazan nulidad pedida por Fiscalía en causa que involucra a personal de un boliche

Audiencia de revisión con un trabajador de boliche imputado

  El Fiscal General Osvaldo Heiber solicitó la nulidad de lo resuelto por el juez subrogante, Fabio Monti, en torno a lo sucedido el 7 de octubre en horas de la madrugada, cuando en las puertas del boliche "Molino Rojo", ubicado en el pasaje La Rioja de Trelew, se produjo un incidente, donde el trabajador de seguridad Javier Colombo aplicó un fuerte golpe a Julián Espina, quien cayó pesadamente sobre el asfalto, tras lo cuál fue hospitalizado, permaneciendo en estado reservado durante varios días, permaneciendo en terapia intensiva.

  Los argumentos esgrimidos por el fiscal no alcanzaron a conmover lo resuelto por el Juez Monti, y sus colegas Alejandro Defranco y José García, revisando tal medida, concluyeron que no existían agravios para revertir aquella decisión. Por otra parte, Heiber había pedido la separación de la causa del Juez cuestionado, pero para los mismos magistrados esto resultó abstracto, debido a que Monti subrogaba al juez natural Barrios, no pudiendo ya participar en ninguna otra instancia del proceso.

  Monti consideró apresurado un cambio de calificación, de acuerdo a lo postulado por la fiscalía, que en una audiencia de control calificó provisoriamente como lesiones graves el delito adjudicado a Colombo, para luego estimar que se hallaban nuevos elementos para justificar la investigación por tentativa de homicidio.

  Mas allá de considerar que la determinación de Monti estaba viciada de nulidad, entendiendo que violaba el artículo 18 del Código Procesal Penal, expuso también Heiber que se habían impuesto medidas sobre el imputado que no habían sido solicitadas por la Fiscalía, contradiciendo ésto con el presunto apresuramiento argumentado por el magistrado. Agregó que el propio juez había manifestado injerencia en cuestiones que son facultades del Ministerio Público Fiscal, al hablar sobre la complejidad de la investigación y sugerir posibles medidas al respecto.

   La defensa, ejercida por Marcos Nápoli, rechazó la solicitud fiscal, exponiendo sobre aspectos ya tratados en audiencias anteriores, pidiendo el mantenimiento de lo dispuesto por Fabio Monti, que por otro lado, resolvió la prohibición de acercamiento, la concurrencia a firmar el libro de ejecución y el impedimento para salir de la ciudad sin orden judicial de Javier Colombo, de 32 años.

  Defranco y García estimaron que a partir de la reincorporación de Barrios, estan dadas las condiciones para ejercer mecanismos dentro del proceso que permitan la revisión de la situación del imputado, sin necesidad de anular resoluciones ya adoptadas, al no hacer lugar a los agravios expresados por la parte acusadora.

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