En sala de oficina judicial ubicada en tercer piso de los tribunales de Trelew se desarrolló una audiencia preliminar, donde el Ministerio Público Fiscal representado por el fiscal general Gustavo Núñez y la funcionaria de fiscalía Ruth Ortega, confirmó la calificación interpuesta en la acusación respectiva, por lo que solicitó la elevación a juicio por jurados de la causa donde resultó víctima Roberto Palavecino.
De acuerdo a la presentación fiscal el hecho habría tenido lugar entre la noche del 5 y la madrugada del 6 de mayo del año pasado, en circunstancias en que Jesús Ralinqueo, dueño del inmueble sito en calle Juan Evans, sabiendo lo que hacía y con la inequívoca intención de causar la muerte- empleando un arma blanca- le asesto diversas puñaladas, la mayoría de ellas en el rostro y el cuello a Marcelo Palavecino, quien le alquilaba una habitación en el domicilio mencionado.
De acuerdo al relato, luego de cometida la cruel agresión cavo una fosa en el patio interno de su vivienda y arrojo el cadáver de Palavecino, colocando sobre este escombro, basura, ropa de la víctima y finalmente una capa de cemento en forma de circunferencia.
A raíz de la ausencia de la víctima, familiares y amigos comenzaron a indagar sobre su paradero, realizando la denuncia por desaparición de personas. Así las cosas, el día 6 de junio de 2023, como consecuencia del trabajo desplegado por la División Búsqueda de Personas y la Brigada de Investigaciones, hallaron el cuerpo de Marcelo Palavecino en la vivienda de Ralinqueo en las circunstancias antes mencionadas. En el lugar se entrevistó a vecinos y conocidos de la víctima quienes dieron cuenta que la última vez que fue visto con vida Palavecino sucedió en la casa de Ralinqueo el día 5 de mayo de 2023. El caso fue calificado como homicidio simple y tiene una pretensión punitiva de veintidós años de prisión.
Si bien la defensa ejercida por Gladys Olavarría se explayó ampliamente respecto a la oposición sobre la calificación jurídica del delito, en la pretensión que la misma sea considerada como encubrimiento, la Jueza María Tolomei consideró que la cuestión deberá ser ventilada durante el desarrollo del debate, debido a que la fiscalía cuenta con elementos para evidenciar la existencia del homicidio, lo que por el momento resultan ser argumentos suficientes para elevar la causa a juicio por jurados en el marco de la Ley XV número 30 de la provincia.
Luego de lo determinado por la magistrada se llevó adelante la presentación de pruebas testimoniales y documentales para ser tenidos en cuenta por las partes y llevar al respectivo juicio para la evaluación del tribunal popular correspondiente.