En horas del mediodía se leyó la parte resolutiva de la sentencia para Matías Ezequiel Soto, considerado por el Tribunal de Enjuiciamiento como autor de homicidio simple con exceso en legítima defensa, resultando víctima Juan Villafañe. El hecho ocurrió el 21 de enero de 2009 en el domicilio ubicado en Mitre 245 de Trelew, cuando Villafañe acudió a reclamar un aparato de dvd y fue repelido por Soto mediante disparos de un arma calibre 22.
Los Jueces, Dr. Darío Arguiano, Dra. Laura Servent y Dr. Roberto Barrios determinaron una pena de dos años y seis meses de prisión con ejecución condicional, además de inhabilitarlo por diez años para el uso o portación de arma de fuego. La pena cuenta además con ciertos condicionamientos de conducta, que de no cumplirse sería revocada en su aspecto condicional.
El acusado no se hizo presente en la sala de audiencias, según lo manifestado por su defensa, ejercida por la Dra. Angélica Gómez Lozano, por encontrarse trabajando en una empresa en el sur de la provincia. Tampoco estuvo el Fiscal General, Dr. Fabián Moyano, encontrándose el querellante particular, Dr. Oscar Romero y la defensora mencionada. Por otro lado, entre los asistentes se encontraba familiares de la víctima y allegados a quien fue condenado por este episodio.
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