Trelew

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SE DECLARO LA CULPABILIDAD DE QUIEN EFECTUO UN ROBO EN COMPAÑÍA ASEGURADORA

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El próximo martes se efectuará el debate por la pena a imponerse

  P9220145 La decisión fue adoptada por el Juez, Dr. Roberto Barrios, luego del juicio Oral desarrollado en los Tribunales de Trelew, al tomar en cuenta la contundencia de los testimonios presentados, además de las pruebas documentales y pericias llevadas adelante.   El hecho tuvo lugar el 19 de junio de este año, cuando Cristian Aníbal Alvez ingresó a la compañía de seguros ubicada en la calle Soberanía Nacional al 500 de Trelew, sorprendiendo a la empleada del lugar, a quien se dirigió en forma violenta con golpes y tirándola al piso, la llevó por la fuerza a la parte de atrás. En su declaración ante las partes, la víctima indicó que actualmente está con tratamiento sicológico, habiéndole quedado “miedo de todo”, a pesar de lo cuál sigue trabajando.   El agresor se hizo de unos mil pesos sustraídos en el lugar, mas doscientos pesos de la cartera de la empleada, además de su teléfono celular. Sin embargo, fue reconocido en la rueda correspondiente y el robo quedó registrado en la cámara de seguridad.   El Fiscal General, Dr. César Zaratiegui indicó que el suceso está debidamente acreditado, fundamentándolo con la prueba incorporada. Expresó en su alegato, que la víctima aún debe tratarse psicológicamente al no haber podido superar lo sucedido, agregando que todo se reafirma con la exposición de los testigos y la defensa no ha planteado contradicciones, dándole importancia a la presentación de los videos donde quedaron filmados los movimientos.   La calificación jurídica escogida por el Ministerio Público Fiscal es la de robo, de acuerdo al art. 164 del Código Penal, atento que hubo violencia física importante sobre la víctima, solicitando el Dr. Zaratiegui que se lo declare autor responsable al imputado.   En tanto, la defensa, ejercida por el Dr. Abdón Manyauix, manifestó que su defendido ha reconocido el hecho, pero que no existe coincidencia en el relato del Ministerio Público Fiscal, por lo cuál no tiene como oponerse al mismo como autor material.   La víctima señaló que en caso de ser necesario, tiene para presentar los certificados médicos del psicólogo y el psiquiatra, mientras que el acusado mencionó estar arrepentido de lo que hizo, habiendo pedido disculpas a la víctima y ofreciendo una reparación.   El Doctor Barrios dio lectura del veredicto, luego de un breve cuarto intermedio, resolviendo declarar culpable al señor Cristian Adrián Alves del delito de robo simple, art. 164 del Código Penal por el hecho ocurrido el 19 de junio de 2009, sugiriendo la continuidad de la audiencia con el debate de la pena. Pero el Defensor solicitó un plazo de cinco días, a lo que se hizo lugar, imponiendo entonces la continuidad del debate para el martes 13 del corriente.

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