En una audiencia preliminar, el Ministerio Público Fiscal solicitó la elevación a juicio oral del caso por el que se acusa a una persona por dos hechos de abuso sexual simple en concurso real, según artículo 119, primer párrafo y 55 del Código Penal, para lo que existe una pretensión punitiva de cuatro años de prisión.
Según el relato de la fiscal general Silvia Pereira, uno de los hechos ocurrió el 5 de marzo de 2014, cuando el imputado, sabiendo lo que hacía, abusó sexualmente de una joven de 17 años en el gimnasio ubicado en la pista de atletismo de Trelew. La víctima había concurrido por recomendación a efectuarse masajes en una rodilla que tendría lesionada. Al realizar la denuncia correspondiente, se produjo la desvinculación laboral por su comportamiento del presunto abusador.
Por otro lado, otra denuncia del mismo tenor, indica que entre el 10 y 11 de enero de aquel año, también en la pista de atletismo, habría procedido a abusar con tocamientos de una señora que desempeñaba funciones en ese espacio, habiéndose dirigido para ser atendida debido a dolores en la espalda.
El defensor público Damián Dantonio expuso que no existía una descripción clara de los delitos que habría cometido su cliente, haciendo referencia a la insuficiencia de pruebas, para objetar la acusación e instando al sobreseimiento. Sin embargo, la doctora Pereira aludió a la cámara gessel realizada y a los testimonios colectados, a la vez que informó sobre las pericias en materia de psicodiagnósticos llevadas adelante.
Oídas las partes y hechas las consultas pertinentes, el Juez Marcelo Nieto Di Biase resolvió la elevación a juicio oral por los hechos traídos a colación, bajo la calificación impuesta por el Ministerio Público Fiscal, disponiendo se designe un tribunal unipersonal y admitiendo la prueba ofrecida por las partes.