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Ñoquis calientes: La ex diputada provincial Torres Otarola nuevamente en audiencia preliminar al juicio

Este miércoles 26 a las, 0900 hs en la Oficina judicial de Rawson, se prevé que continúe la audiencia preliminar ante la Jueza de garantías Maria Tolomei.

Lo último que fue resuelto por el superior Tribunal de Justicia de Chubut, fue la revocatoria de la decisión de tres jueces, se trata de la causa por corrupción que tiene a la exministra y diputada provincial Torres Otarola como principal imputada, junto a otras personas allegadas a ella.

Tras el inicio de la audiencia preliminar, la corte provincial resolvió revocar la decisión de tres jueces, en primer lugar la jueza  Ivana González, y luego del tribunal integrado por los jueces Nieto Di Biase y Marcos Napoli

En la audiencia preliminar se había  planteado el levantamiento del secreto bancario de los testigos de la fiscalía, Sandoval, Martínez y Paludi, a pedido del defensor Fabian Gabalachis.

El fiscal Omar Rodríguez se opuso al pedido, pero la jueza igualmente hizo lugar a la petición del defensor.

Seguidamente, los testigos presentaron una impugnación ante un nuevo Tribunal integrado por los jueces Marcos Napoli y Nieto Di Biase, ambos resolvieron “no hacer lugar al recurso presentado”. Por lo que como última instancia, los testigos se presentaron en queja ante el Superior Tribunal de Justicia.

El máximo organismo provincial resolvió declarar nula la decisión de la jueza Ivana Gonzalez, Marcos Napoli y Nieto Di Biase, por haber aceptado el pedido del defensor Fabian Gabalachis. El superior formuló en sus considerandos que “el auto que habilitó las medidas de investigación solicitadas por el abogado actuante afecto gravemente los intereses personales de los testigos Sandoval, Martínez y Paludi, sin que fueran oídos durante el trámite respectivo.

El titular de la UFE, Omar Rodríguez, en audiencia preliminar advirtió que se trataba de testigos y no de imputados. Y alegó, “no se puede ingresar a una cuenta bancaria, es una medida de coerción invasiva de la intimidad de las personas, por lo tanto, no se puede aplicar a un testigo”.

El artículo 381 del CPP en cuestión dice, “los testigos, peritos y otros intervinientes podrán impugnar los autos y providencias que los afecten, únicamente ante un tribunal compuesto por dos jueces penales”.

Producido por el área de Comunicación Institucional de la Procuración General sede Rawson

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