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Juicio abreviado por robo en grado de tentativa

Juicio abreviado por robo simple en grado de tentativa

El juez Alejandro Rosales, homologó el pedido de aplicación de juicio abreviado contra

Leandro Damián Villarroel (27), acusado como autor del delito de robo en grado de tentativa. El imputado recibió una condena a la pena de quince días de prisión de ejecución condicional y el cumplimiento de reglas de conducta por el plazo de dos años.

 

En el inicio de la audiencia, la fiscala Rita Barrionuevo, relató los hechos que figuran en la pieza de acusación pública. En este sentido, indicó que el 22 de septiembre a las 01:50, el imputado forzó la reja de la puerta del comercio ubicado sobre la calle Perito Moreno entre Avenida Ingeniero Coronel y calle Patagonia.

Según la investigadora, Villarroel golpeó con fuerza la puerta de ingreso, para luego entrar al local. Allí, sustrajo dinero, una computadora y una biblia.

Cuando se retiraba del lugar del hecho, un familiar de los dueños del comercio, lo interceptó y le preguntó si no había observado ningún movimiento extraño. Villarroel no respondió el interrogante y comenzó a correr por las calles. Luego, se escondió debajo de unas chapas en un terreno baldío. Finalmente, fue hallado por la policía y trasladado a la comisaría.

Asimismo, mencionó los medios de prueba obtenidos durante la investigación. También desarrolló los fundamentos vinculados a los elementos objetivos y subjetivos del delito en tratamiento y la participación de Leandro Villarroel en el hecho descripto. Por último, explicó que la calificación legal que se impuso en este caso, es la de autor del delito de robo simple en grado de tentativa.

Así las cosas, la representante de fiscalía, refirió que junto al defensor general de la Defensa Pública, Gustavo Oyarzun y el imputado, arribaron a un acuerdo para solicitar que se proceda mediante la aplicación de un juicio abreviado.

En este marco, agregó que el acuerdo comprende la admisión del hecho descripto en la acusación, la participación del imputado y el monto de la pena.

En relación a la pena a imponer, teniendo en cuenta la falta de condenas anteriores, solicitaron que se imponga a Villarroel la pena de quince días de prisión de ejecución condicional y reglas de conductas por el plazo de dos años.

Durante ese período, Villarroel deberá fijar domicilio, presentarse ante la oficina de servicio social en dos oportunidades y mantener su oficio. También se le impuso una orden de prohibición de contacto personal hacía la víctima y el comercio damnificado.

A su turno, Oyarzún ratificó el acuerdo propuesto con el Ministerio Público Fiscal y en los mismos términos requirió su homologación.

Luego, el imputado manifestó su aceptación del acuerdo de aplicación del procedimiento de juicio abreviado.

Finalmente, el magistrado, luego de controlar la seriedad y el alcance del acuerdo, procedió a dictar sentencia. En este contexto, sostuvo que se encuentra acreditada la existencia, responsabilidad y materialidad del hecho que se le atribuye a Villarroel. En consecuencia, resolvió  homologar el acuerdo de juicio abreviado al que arrobaron las partes,  y condenar a Villarroel a la pena de quince días de prisión de ejecución condicional y las costas del proceso. También hizo lugar a la imposición de las reglas de conducta propuestas en el acuerdo.  

  

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