Publicaciones

Violencia de Género

La violencia de género se alimenta de mitos que sostienen asimetrías de poder. Mitos, como el que pretende que el único lugar de la mujer está en el cuidado del hogar y la crianza de los hijos, fueron vapuleados no solo por los logros alcanzados por la mujer en distintos ámbitos, sino fundamentalmente por la realidad económica de una época en la que crecieron notablemente las familias con “jefas de hogar”. Para nuevos escenarios aparecen “neo mitos”, la finalidad es la misma, justificar la violencia machista.

Desde enero de 2014, el Ministerio Público Fiscal de Chubut cuenta con una instrucción específica emitida por la Procuración General y surgida del meticuloso trabajo del Consejo de Fiscales. La Instrucción 01/14 estandarizó la recepción de denuncias y permitió llevar adelante una investigación penal que contempla las particularidades específicas estos delitos, permite alcanzar algún tipo de respuesta apropiada y da cumplimiento a la ley XV N° 12 de la provincia. El protocolo de intervención facilita la evaluación de niveles de riesgo, expectativas de la víctima y disposición a participar del proceso penal, administración de medidas de protección y mejora en la calidad de la investigación.

¿Qué es?

A los fines de la aplicación del protocolo, se considera violencia familiar a toda conducta, acción u omisión, tipificada por el Código Penal, de un miembro del grupo familiar contra otro integrante del mismo grupo que afecte la dignidad, integridad física, psíquica, sexual y/o la libertad, independientemente del espacio físico donde está ocurra.

Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.

 

La gran mayoría de las situaciones de violencia familiar que ingresan al sistema penal tienen como damnificada a la mujer, aunque no siempre es así. La investigación con perspectiva de género implica:

• No hacer acuerdos ni propiciar medidas conciliatorias

• No propiciar ni implementar entrevistas conjuntas entre víctima y agresor/ra.

• No enviar citación al agresor/ra con la Víctima.

• No recomendar terapias a realizar en forma conjunta por víctima y agresor/ra.

Violencia de género en la pareja

El Instituto Andaluz de la Mujer, dio a conocer recientemente un estudio titulado “Voces tras lo datos. Una mirada cualitativa a la violencia de género en adolescentes”. En su marco teórico sobre la violencia de género, al referirse al tipo de violencia que tiene lugar dentro de la pareja, cita a Nogueiras (2005), que la caracteriza de esta manera:

  • Ser ejercida por el hombre con el que mantenemos o hemos mantenido un vínculo afectivo-sexual.
  • No ser un hecho aislado, es un proceso a medio-largo plazo que va debilitando gradualmente a las mujeres que la sufren.
  • Suele producirse en espacios o ámbitos de intimidad, por lo que muchas veces son invisibles para las personas que rodean a la pareja.
  • Tiende a ocultarse, tanto por quien agrede como por la persona que sufre la violencia.
  • El hombre que ejerce la violencia suele tener una adecuada imagen pública, es valorado socialmente.
  • Las mujeres que la sufren sienten vergüenza y culpabilidad, lo que las frena a contarlo.
  • La socialización discriminatoria de género potencia en las mujeres valores y actitudes como la comprensión y la empatía, que más tarde se vuelven en su contra llegando incluso a justificar la violencia de género.
  • Su reforzamiento a través de los mitos.
  • Su breve reconocimiento como problema social de extrema gravedad.
  • La dificultad para reconocer que detrás de la violencia se encuentran hombres socializados en un tipo de masculinidad que fomenta estas agresiones.

El estudio especifica que la violencia de género dentro de la pareja se instaura a través de un proceso cíclico que dificulta a las chicas que que la sufren tomar conciencia sobre ello. Este proceso fue descrito por Leonore Walker (1979) como el ciclo de la violencia, un proceso de maltrato cíclico que la autora sitúa en tres fases:

1. Fase de Acumulación de Tensión: Se trata de una escalada gradual de tensión que se manifiesta en actos hostiles del hombre hacia la mujer, como gritar, insultar, enfadarse… La mujer intenta calmar la situación o evitar hacer algo que le moleste al hombre o aumente la tensión con el fin de evitar o controlar una posible agresión.

2. Fase de Agresión o Explosión: Llega cuando la fase de tensión se agudiza llegando la violencia psicológica, física y/o sexual. El hombre trata siempre de hacer responsable de sus actos a la mujer o cualquier circunstancia que le ha ocurrido fuera de la pareja, lo que hace que justifique su agresión y la mujer se sienta culpable de lo ocurrido.

3. Fase de Reconciliación o “Luna de Miel”: Tras la fase de agresión, el hombre mediante la manipulación emocional, busca el perdón a través de promesas de cambio, regalos… con la finalidad de que la mujer se mantenga en la relación.

En los comienzos de este ciclo el comportamiento de sus fases está más dilatado en el tiempo, es decir, ocurre en momentos concretos que poco a poco se van haciendo una costumbre en el comportamiento del hombre. Con el tiempo, la fase de acumulación de tensión y la de explosión-agresión, se instauran en la relación repitiéndose a menudo y llegando incluso a hacer desaparecer la fase de reconciliación.

Especialización 

En nuestra provincia contamos con el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito, dependiente del Ministerio Público Fiscal, que interviene en las situaciones de violencia familiar en las que, alguno o algunos de los episodios de violencia, impliquen la comisión de delito. El SAVD es actualmente el encargado de aplicar el protocolo para evaluar el riesgo. El resultado de esa evaluación es base para los pedidos de medidas de protección que realizará el fiscal al juez.

Nuestras Visitas

  Hoy 1957

  Ayer 9310

  Esta semana 47470

  Este mes 190246

  Total histórico 21967995

©2024 Ministerio Público Fiscal del Chubut. Todos los derechos reservados.