Audiencia preliminar por el homicidio de Ángel “Leito” Vidal
Por el ilícito contra la vida acontecido el pasado 19 de octubre de 2016 que tiene como víctima a Ángel Leonardo Vidal y como único imputado a Cristian “Piri” Alaniz, se efectivizó la mañana del jueves en los tribunales penales del barrio Roca la audiencia preliminar del caso. La representante de fiscalía hizo referencia a la acusación y ofreció prueba testimonial y documental para el debate, solicitando el mantenimiento de la prisión preventiva del imputado por tres meses y se eleve la causa a juicio. A su turno el defensor no se opuso a la prueba testimonial, objetó prueba documental y consintió la medida de coerción solicitada pero sólo por 35 días. Finalmente la jueza resolvió elevar la causa a juicio y mantener la prisión preventiva de Alaniz por el término de tres meses, o bien hasta la fijación del debate.
En un primer momento la funcionaria de fiscalía solicitó el mantenimiento de la medida de coerción que pesa sobre el imputado Alaniz por el término de tres meses. El pasado 2 de noviembre el Ministerio Público Fiscal formuló acusación en contra del imputado y solicitó como pretensión punitiva 14 años de prisión en base al delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de autor” para Alaniz. Ponce se refirió a los elementos de convicción suficientes para tenerlo como probable autor del hecho que se investiga. El 19 de octubre de 2016 la víctima Vidal caminaba junto a unos amigos, y Alaniz a bordo de un Chevrolet Corsa, se baja realiza disparos en contra de la humanidad de la víctima, quién se esconde para resguardarse en otro automóvil, y cuando se asoma para ver si el agresor se había ido. Alaniz se acerca y efectúa dos disparos contra Vidal, uno de ellos impactando en su cabeza, lo cual posteriormente provocó su muerte en el Hospital Regional. La funcionaria también se refirió a la existencia del peligro de fuga, la acción desplegada por Alaniz puso en peligro la vida de terceras personas. Agregó como fundamento la pena en expectativa, que en caso de ser encontrado responsable será superior a 10 años y 8 meses de prisión, y que la fiscalía solicitó en su acusación la pena de 14 años de prisión para Alaniz. También mencionó la acusadora pública el comportamiento del imputado que se mantuvo casi 8 meses prófugo de la justicia; asimismo el peligro de entorpecimiento de la investigación.
Por su parte el defensor no cuestionó la autoría en el análisis de la acusación ya que todos los testigos del caso fiscal sindican como el autor de los disparos a Alaniz. Si encontró contradicciones en todas las declaraciones respecto al lugar en el que se habría producido el hecho. Desde su punto de vista el defensor sostuvo que su defendido dispara sin saber que estaba la víctima, proponiendo un cambio en la calificación legal, de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” a “homicidio culposo”. En este caso la dosis de pena sería diferente, subrayó.
A continuación la jueza resolvió que debe descartarse el planteo de la defensa ya que no corresponde hacer lugar a ello en ésta etapa procesal, la audiencia preliminar, sino hacer ese análisis en el debate.
Seguidamente se realizó el ofrecimiento de prueba documental y testimonial de la causa y se analizaron convenciones probatorias y sobreabundancia de testigos.
El defensor no objetó la prueba testimonial ofrecida pero sostuvo que debe ser admitida la prueba del secuestro de vainas calibre 9mm., en el lugar del hecho, distintas del calibre que terminara con la vida de la víctima, porque hace a la teoría del caso de la defensa. Respecto de la medida de coerción sostuvo que a medida que el proceso avanza cesa el peligro de entorpecimiento, pero en base a la existencia del peligro de fuga consiente la medida de coerción solicitada, pero por 35 días.
Finalmente la jueza penal determinó que asiste razón a la defensa respecto de la incorporación de los secuestros de vainas, como también decretó mantener la prisión preventiva por tres meses, o hasta la fijación del debate, sobre Alaniz. Esto en base a la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación y a la existencia de elementos de convicción suficientes para tener a Alaniz, como probable autor del delito investigado. Decretando el auto de elevación a juicio de la causa y refiriéndose al comportamiento del imputado de abstenerse 8 meses a la Ley.
La audiencia preliminar fue presidida por Mariel Suárez, jueza penal; por el Ministerio público Fiscal se hizo presente Eve Ponce, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa de Alaniz fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo. Asimismo se encontraban presentes familiares de la víctima acompañados por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD) y también familiares del imputado.
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