Comodoro Rivadavia

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Admiten a la madre de la víctima como parte querellante

Audiencia de constitución de querellante por el homicidio de Damián Calleia

Así lo resolvió el juez penal luego de desarrollada la audiencia este miércoles por la mañana en sede de los tribunales penales del barrio Roca por el hecho acontecido el pasado 9 de octubre del presente año que culminara con la vida de Calleia y que tiene como imputados a Walter Mansilla, Matías Gallardo; Lucas Hernández y Sergio Mansilla. Al concluir el acto se tuvo por constituida como parte querellante a Amanda Bravo, progenitora de la víctima, Norberto Damián Calleia.

Presidio el acto Hugo Juárez, juez penal, por el Ministerio Público Fiscal asistió Patricia Cárcamo, funcionaria de fiscalía; por la querella Alicia de Lourdes Dramesino, en representación de la madre y por la defensa de Walter Mansilla, Fernando Serer, defensor público, encontrándose ausente Alejandro Fuentes, defensor particular de Matías Gallardo.

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En un primer momento, luego de la presentación de las partes se le concedió la palabra a la funcionaria de fiscalía quién se refirió al escrito presentado a principios de diciembre del corriente año por la representante legal de la madre de la víctima, aduciendo que cuenta con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 108 del Código Procesal Penal de la provincia.

Dramesino solicitó se tenga por constituida a Amanda Bravo, como parte querellante en el legajo, mencionando brevemente el hecho, la calificación legal y presentando prueba testimonial para el debate.

El hecho investigado se desarrolló el pasado domingo 09 de octubre de 2011 aproximadamente a las 07.05 horas, en circunstancias que en calle San Martín, casi intersección con calle Los Perales, Walter Mansilla y Matías Gallardo efectuaron disparos de arma de fuego contra el domicilio sito en calle San Martín 3881, perteneciente a la familia Vera, en momentos en que cinco personas estaban por ingresar al mismo.

Dentro de dicho domicilio se encontraban también dos personas más y la víctima, Norberto Damián Calleia, que al escuchar los disparos de armas de fuego salieron al exterior siendo el último herido por un disparo de arma de fuego en la zona intercostal derecha.

Estando el personal policial de recorrido por el lugar observó a Matías Gallardo efectuando disparos con un arma de fuego calibre 38 y a Walter Mansilla con un arma calibre 22 largo. Al intentar su aprehensión los mismos opusieron resistencia mediante golpes de puño y patadas.

Asimismo, a fin de impedir la aprehensión de los nombrados Lucas Hernández y Sergio Mansilla también propinaron golpes de puño y patadas y arrojaron piedras contra los efectivos policiales.

Así, Sergio Mansilla le arrojó a un agente policial un canto rodado que le impactó en el brazo derecho. La calificación legal provisoria para Gallardo es de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso con portación ilegítima de arma de guerra, en carácter de autor”.

El defensor por su parte solicitó se rechace he escrito presentado como constitución de querellante ya que a su entender no reúne los requisitos mínimos establecidos en el artículo del Código Procesal. A su entender no se funda el cambio de calificación jurídica respecto a su defendido por parte de la querella, como tampoco se detalla sobre qué aspecto del hecho declararán los testigos propuestos.

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Finalmente el juez penal resolvió tener por constituida a la parte querellante en la persona de Amanda Bravo, madre de la víctima, sosteniendo que la calificación jurídica es provisoria y puede variar en el transcurso de la investigación fiscal. Cabe destacar que en una audiencia anterior de control de detención y formalización se les imputó el hecho a Matías Gallardo y Walter Mansilla, estableciéndose el plazo de seis meses de prisión preventiva a ambos, e igual término para culminar con la investigación.

nota relacionada:

http://www.mpfchubut.gov.ar/index.php/com-riv/861-audiencia-de-revision-de-la-prision-preventiva-por-el-homicidio-de-damian-calleia

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