Comodoro Rivadavia

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Admiten acusación y elevan causa a juicio

Audiencia preliminar por el homicidio de David Campos

Por el homicidio de David Campos acontecido el pasado 13 de febrero de 2021 en Rada Tilly, que tiene como único imputado a Oscar Alanis, la mañana del presente lunes se concretó de forma semipresencial la audiencia preliminar del caso. La fiscal expuso la acusación, ofreció prueba y solicitó se eleve la causa a juicio. El defensor por su parte no cuestionó el hecho pero sí la calificación proponiendo la de “homicidio preterintencional”.

El ilícito por el cual se elevó la causa a juicio acontece el pasado 13 de febrero de 2021, siendo aproximadamente las 21:40hs., cuando David Campos, se encontraba en el exterior de su vivienda sita en calle 9 de Julio y Urtubey, de Rada Tilly, predio que compartía con su madre y la pareja de esta última, Oscar Alejandro Alanis.

Tras escuchar ruidos de piedras la madre egreso de la vivienda junto a su pareja Alanis. Allí ella discutió con su hijo-David Campos- y regreso a la vivienda. En esas circunstancias Oscar Alejandro Alanis,  portando un  arma blanca, tipo cuchillo y  le asesto dos puñaladas con claras intenciones de causarle  la muerte a Campos, en zona del pecho causando el deceso del mismo. La autopsia determinó que presentaba dos heridas de arma blanca, una de ellas en el corazón provocando la muerte por neumotórax por herida de arma blanca. Seguidamente Alanis junto a su pareja se retiraron del lugar a bordo de vehículo VW senda, en dirección al club Chenque huyendo. Calificando jurídicamente el mismo como “homicidio simple” en calidad de “autor” para Alanis. Con una pretensión punitiva, en caso de recaer condena, de 11 años de prisión.

Por su parte el defensor no cuestionó el hecho pero sí la calificación sosteniendo que “desde el inicio de la investigación hubo circunstancias fácticas que han cambiado con otra mecánica de los hechos”. Esto podría calificarse también como “homicidio preterintencional”.

Seguidamente la fiscal Codina solicitó la elevación de la causa a juicio, y también ofreció prueba testimonial y documental a ser ventilada en debate. Asimismo se realizaron diversas convenciones probatorias por economía procesal.

La representante de fiscalía requirió a continuación se mantenga la prisión preventiva que viene cumpliendo Alanis, que vence en la fecha, en base a la existencia de elementos de convicción en contra del imputado. También en base al peligro de fuga existente por las circunstancias graves del hecho, donde el imputado aplica dos puñaladas a una persona indefensa y alcoholizada. Solicitando el mantenimiento de la medida de coerción hasta la finalización del debate, o por 6 meses, lo que ocurra primero.

En contraposición el defensor se opuso a esto, ya que “en este estadio procesal han menguado los peligros procesales ya que se elevó la causa a juico”. No existe peligro de entorpecimiento aseguró por lo cual requirió el arresto domiciliario de Alanis.

Finalmente la jueza penal autorizó la apertura del juicio oral y público del caso por el hecho y la calificación propuesto por la fiscal, de “homicidio simple”, con la reserva de la calificación de “homicidio preterintencional”. Admitiendo las convenciones probatorias y respecto de la medida de coerción, mantuvo la prisión preventiva de Alanis por 6 meses o hasta el final del juicio, lo que ocurra primero. Esto en base a la existencia de elementos de convicción, el peligro de fuga y la pena en espera. También por el comportamiento del imputado que huyó del lugar del hecho.

Presidió la preliminar Mónica García, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal actuó Cecilia Codina, fiscal general; en tanto que la defensa de Alanis fue ejercida por Mauro Fonteñez, abogado particular del mismo.

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