Comodoro Rivadavia

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Audiencia de cesura por homicidio agravado por el vínculo: Condenan a imputado a prisión perpetua (video)

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[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=WYM_ZstXbLk[/youtube]Así lo resolvió por unanimidad el Tribunal Colegiado presidido por el Dr. Hugo Juárez e integrado por los Dres. Guillermo Müller y Mariel Suárez respecto del hecho acontecido el pasado 23 de julio de 2009 que tuviera como víctima fatal a Irma Iris Martínez y que tiene como condenado a Wenceslao González Vejar. El Fiscal General, Marcelo Cretton, solicitó en base a las circunstancias de tiempo, lugar y modo de producido el hecho; la naturaleza de la acción y de los medios empleados para ejecutarlo, y la extensión del daño, la prisión perpetua de González vejar. En tanto que la defensa del imputado solicitó la pena de ocho años, invocando circunstancias de atenuación previstas en el último párrafo del art. 80 del Código Penal. El Juez Penal, Hugo Juárez se refirió al inciso 1° del art. 80 del Código Pernal que establece imponer “reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse en el artículo 52, al que matare: a su ascendiente, descendiente o cónyuge, sabiendo que lo son”. “No consideramos que el caso bajo estudio se enmarque dentro de las circunstancias de atenuación previstas en el último párrafo del artículo 80 del Código Penal, puesto que el contexto en que se desarrolló el hecho que se le imputa al acusado, conforme a las pruebas producidas en la audiencia del debate, descartan la factibilidad de las circunstancias alegadas por la defensa como atenuante de la conducta endilgada” sostuvo. Teniendo en cuenta las pautas mensurativas contempladas en los arts. 40 y 41 del Código Penal y la calificación del hecho “homicidio agravado por el vínculo”, la naturaleza de la acción, la participación activa del acusado, el medio empleado para hacerlo, un arma blanca, la extensión del daño causado, la muerte de la víctima-cónyuge, y como atenuante la falta de antecedentes penales del imputado y los medios de vida. Por todo ello el Tribunal falló “por unanimidad” condenar al imputado a la pena de prisión perpetua, conforme a la declaración de responsabilidad penal del delito de homicidio agravado por el vínculo, decretado el día martes 28 de septiembre pasado; resolviendo por último a petición del Ministerio Público Fiscal, mantener la prisión preventiva que viene cumpliendo González desde el inicio de la investigación. El Hecho: El hecho ventilado en juicio aconteció el pasado 23 de julio de 2009, aproximadamente a las 2.40 hs., cuando los miembros de la familia González se encontraban durmiendo en su domicilio sito en Pasaje Río Chubut 961, en el mismo dormitorio el imputado Wenceslao González Vejar, que estaba durmiendo en la cama matrimonial junto a su esposa Iris Irma Martínez, se levantó y volvió con un cuchillo de cabo claro de 24 cm . de largo con el cual apuñaló a su esposa por la espalda en la zona dorsal derecha línea media de la espalda ingresando la hoja del cuchillo casi hasta el tórax provocando lesión en la arteria pulmonar derecha que originó hemorragia aguda y el óbito de la víctima en contados minutos. Una de las hijas del matrimonio Patricia González que dormía en la misma habitación se despertó y observó el hecho intentando desarmar a su padre y asistió a su madre de inmediato.  

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