Comodoro Rivadavia

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Audiencia preliminar por causa de abuso sexual agravado por el vínculo

Prisión preventiva hasta el juicio para imputado

De esta forma resolvió la Juez Penal luego de concluida la audiencia preliminar, anterior al juicio, y por la solicitud de la Fiscal General y de la Querella. En contraposición el defensor solicitó el sobreseimiento de su pupilo, Nahuelmir, por cuanto se imputó un hecho nuevo, “el hecho no es el mismo que le fuera imputado en la audiencia preliminar” argumentó. En conclusión se elevó la causa a juicio oral, con la incorporación de la prueba testimonial y documental de la misma.

En el comienzo de la audiencia la Fiscal General, Liliana Ferrari, realizó un relato de los hechos imputados ocurridos en el interior de la casa familiar, entre los años 2005 y 2009. La menor víctima fue abusada desde los 11 a los 15 años de edad, fue sometida a un aborto quirúrgico autorizado por el Superior Tribunal de Justicia y un informe de ADN positivo en contra del imputado. Calificando los mismos como “abuso sexual simple agravado por ser cometido con una menor de dieciocho años, aprovechando la situación de convivencia preexistente, al menos dos hechos; en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido con una menor de dieciocho años, aprovechando la situación de convivencia preexistente”.

Por su parte la parte querellante adhiere a los hechos expresados por el Ministerio Público Fiscal, como también a la calificación legal provisoria escogida.

El Defensor Público, Marcelo Cerdá, realizó “un planteo de oposición respecto del segundo de los hechos” y solicitó el sobreseimiento del imputado “por cuanto ese hecho es nuevo” para la defensa, no fue imputado en la audiencia de apertura y afecta su “derecho a defensa”.

La Juez Penal, Raquel Tassello, dispuso el sobreseimiento del imputado por el segundo hecho ya que entendió se ha afectado el derecho a defensa del imputado ya que no se le formalizó, ni amplió el objeto de investigación. Seguidamente se paso al ofrecimiento de prueba documental y testimonial de las partes.

Por su parte la Querella, representada por Sandra Grilli, solicitó la prisión preventiva del imputado basando su pedido en el peligro de fuga y entorpecimiento de la causa. Por las características del hecho y la pena que se espera.

La Fiscal General también solicitó la privación de la libertad de Nahuelmir hasta la fecha de juicio; mencionando la prueba de ADN y la validación del relato de la niña, realizada por una profesional del Cuerpo Médico Forense. Se refirió al peligro de entorpecimiento por llamados telefónicos de parte del imputado a la madre de la víctima en tono de “amenazas”, días anteriores a realizarse una audiencia; también al peligro de fuga ya que el imputado está sumariado dentro de la fuerza policial, cumpliendo tareas pasivas.

Finalmente la Juez Penal resolvió elevar la causa a juicio oral, prorrogando el auto de apertura de la causa a juicio hasta el martes 7 a las 13.00 hs., por el primero y tercer hecho, haciendo lugar a la incorporación de la prueba documental y testimonial. Dictando la prisión preventiva de Nahuelmir por los “elementos de convicción suficientes para sostener que el imputado es con probabilidad autor o partícipe del hecho investigado”. Mencionando el ADN positivo de paternidad con una menor de 15 años. La falta de consentimiento de la víctima acreditada con la validación del relato de la menor ante el Curpo Médico Forense. Concluyendo que “existe peligro de fuga por cuanto el hecho más grave tiene una pena mínima de ocho años de prisión”.

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