Comodoro Rivadavia

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Confirman en todos sus términos sentencia condenatoria

Fallo de impugnación por robo agravado

El mediodía de la fecha el tribunal de la Cámara en lo Penal local dio a conocer la parte resolutiva del fallo luego de efectuada la audiencia de impugnación, “confirmando en todas sus partes” el fallo de primera instancia que condenó a Silvano Víctor González a la pena de tres años de prisión efectivos por encontrarlo “autor” penalmente responsable del delito de “robo agravado por arma

de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse de ningún modo por acreditada” por el hecho ocurrido en esta ciudad, el día 8 de enero del 2019.

El tribunal de Cámara ante quien se efectuó la audiencia de impugnación fue integrado por los jueces de Cámara Daniel Pintos, Guillermo Müller y Martín Montenovo; el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Julio Puentes, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Rosa González y Sandra Pacheco, abogadas particulares del mismo. En dicha audiencia de segunda instancia la defensa de González solicitó impugnar la sentencia condenatoria de primera instancia; en contraposición el fiscal se confirme en todos sus términos dicho fallo.

Es un caso donde no hubo mayor disputa, no hubo controversia en orden a la materialidad del hecho ni en orden a la autoría del mismo que fue admitida, expresaron los jueces.  La única discrepancia fue sobre la valoración de la prueba testimonial, respecto al elemento que portaba el autor y como había sido percibido eso por la víctima. “El recurso no prospera, más allá de las diferencias que son naturales, ya que en líneas generales la valoración que hizo la jueza del juicio es acertada” concluyeron los Camaristas. El agravio de la defensa se refería a eso porque es lo que impacta en la calificación legal.

Los jueces de Cámara asimismo dispusieron “que en la etapa de ejecución se observen ciertos parámetros, ya que se observó que la mayor preocupación de la defensa y del acusado era que debía volver a cumplir prisión de cumplimiento efectivo”. La sentencia llevará un considerando donde se fijan “ciertas pautas que el juez de ejecución va a tener que observar”. “Ese antecedente que posee el imputado de 2016, mediante un abreviado, si bien es parte de la cosa juzgada, es algo que no se puede modificar, tiene algunos elementos que debieron haber sido de otra manera” sostuvieron. Una serie de elementos que cuando llegue el momento de la ejecución hay que tenerlos en cuenta, concluyeron.

Los jueces de Cámara por todo ello dispusieron “confirmar en todas sus partes” el fallo de primera instancia, asimismo dispusieron que en la etapa de ejecución “debe observarse las pautas fijadas en el considerando que pone fin al tratamiento de la primera cuestión de éste fallo”. También tuvieron presentes la reserva del caso federal.

El hecho juzgado:

El ilícito ventilado en debate acontece el pasado 8 de enero de 2019, siendo las 19:20 horas, cuando Silvano Víctor González acompañado de un perro raza pitbull, interceptó a la víctima que se encontraba esperando el colectivo en la garita ubicada sobre la Avenida Tehuelches casi esquina Lángara, le exhibió un arma de fuego tipo revólver, color negro, y le exigió la entrega del teléfono celular y la billetera. El damnificado le entregó un teléfono celular modelo Iphone, y una billetera marca Mango conteniendo dinero, una tarjeta Sube, el DNI y una credencial de la obra social, para luego darse a la fuga.

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