Comodoro Rivadavia

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Confirman en todos sus términos sentencia de 18 años de prisión para J.P.R.C.

Fallo en audiencia de impugnación por abuso sexual y corrupción de menores

La mañana del presente miércoles los jueces de la Cámara en lo Penal local dieron a conocer la parte resolutiva del fallo respecto a la impugnación ordinaria interpuesta por la defensa de J.P.R.C.. Así por unanimidad los jueces de Cámara resolvieron confirmar en todos sus términos la calificación legal por la cual fue condenado en primera instancia y también la pena de 18 años de 18 años de prisión impuesta, adquiriendo así la causa lo que se conoce como doble conforme, la condena de primera instancia y la confirmación de la Cámara.

Cabe mencionar que en la audiencia de impugnación la semana pasada la defensa solicitó el sobreseimiento de su asistido y subsidiariamente se reduzca la pena de 18 a 10 años de prisión. En contraposición la fiscal requirió se rechace la impugnación y se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria a 18 años de prisión en contra de J.P.R.C..

Los jueces de Cámara consideraron la serie de hechos muy graves y mantenidos en al tiempo por un período muy extenso, entre enero de 2000 y el año 2012. El testimonio de la víctima fue contundente y con una infinidad de corroboraciones. En estos casos de abuso sexual la versión de la víctima, si es veraz y coherente, se analiza su credibilidad, la cual fue convalidada con indicios múltiples, en el presente caso aseguraron. Además, existió un enorme daño posterior generado por estas conductas. Las consecuencias de los abusos reiterados en el tiempo, generaron un vicio del consentimiento. Las críticas puntuales de la defensa no alcanzan a negar el daño. Es evidente la variedad de los hechos y en cuanto a la corrupción de menores analizaron que se alteró el natural desarrollo de la sexualidad de la menor. Existía una asimetría de poder que surge del caso y está en la sentencia de primera instancia y también en la acusación. Se corroboraron todas las conductas del imputado, todo en el marco de violencia de género, agregaron los jueces de Cámara.

En cuanto a la pena de 18 años de prisión impuesta, es certero lo argumentado por el defensor en cuanto a que pasó hace muchos años y que el imputado rehízo su vida, como también la no trascendencia de la pena a terceras personas, pero también analizaron el fin retributivo de la pena y los hábitos del acusado no pueden ser considerados como atenuantes. Su culpabilidad y el tiempo del abuso, el daño causado es demasiado, argumentaron. Por todo lo cual la pena y la calificación legal queda como está, concluyeron.

El tribunal de Cámara fue presidido por Martín Montenovo e integrado por Mónica García y Daniel Pintos, jueces penales de Cámara; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Verona Dagotto, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado J.P.R.C. fue ejercida por Francisco Miguel Romero, defensor particular del mismo.

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