Comodoro Rivadavia

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Cuarta jornada del juicio por el homicidio de Juan Carlos Cárdenas (videos)

Responsabilidad penal para Nieves y Almonacid por coautores de homicidio agravado

El jueves por la mañana se desarrolló la jornada de alegatos de las partes en el juicio oral y público por el hecho acontecido el pasado 30 de marzo de 2009, como consecuencia del cual perdiera posteriormente la vida Juan Carlos Cárdenas. En su exposición el fiscal solicitó de declare penalmente responsable a Jorge Nieves y Martín Almonacid del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de  fuego” en calidad de coautores; en tanto que a Luis Alberto Almonacid y  Matías Barra como “partícipes primarios” del mismo delito. Por su parte la defensora de Nieves, solicitó su absolución al igual que el defensor de los restantes imputados.

En su alegato final el fiscal general Juan Carlos Caperochipi solicitó se condene a Jorge Nieves y a Martín Almonacid como “coautores funcionales del homicidio agravado” de la víctima. Considerando que ha quedado debidamente acreditado el hecho y la autoría del mismo. Mencionó los diversos medios de prueba que se expusieron en el debate, haciendo especial mención al relato de dos testigos directos del hecho, ubicados en la ventana cerca del lugar del suceso. Se refirió a la individualización de las personas que integraban el grupo agresor, nombrando a los cuatro imputados. Calificó estos testimonios reproducidos por audio en la audiencia, como de “altísima calidad” y “muy valientes”. Recordó que la víctima “dicta, moribundo el nombre de las personas que lo habían agredido”, como también se lo mencionó de forma genérica a los preventores que primero toman intervención en el hecho. Finalmente solicitó  se declare la responsabilidad penal de Jorge Nieves y Martín Almonacid como “coautores del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego” y a Luis Amonacid y Matías Barra como “partícipes primarios” del mismo delito, desechando la calificación alternativa planteada al comienzo del debate.

La querella adhirió al relato acusatorio fiscal haciendo mención a una “acción antijurídica que produce una herida letal” en referencia a la herida en la espalda que desencadenara en la muerte de la víctima días después. Hizo mención a que aquella noche un grupo de personas intenta rescatar a un menor aprehendido en forma particular al ser encontrado robando, el menor es soltado, y es allí cuando la víctima es impactada por un proyectil en su espalda.

La defensora de  Nieves solicitó su absolución argumentando que se está aplicando una ley penal de autor y no de hecho. Criticó la mutación de cambios que fue arrojando la plataforma fáctica y que con ello se violó el derecho a defensa; también cuestionó la acusación fiscal por nula ya que a su entender viola la Constitución Nacional, provincial y los tratados internacionales de derechos humanos. Sostuvo que su defendido no vivía más en el barrio en el momento en que se produjo el hecho.

El defensor oficial de los restantes imputados igualmente sostuvo su inocencia ya que consideró que no ha quedado acreditada la participación de ellos en el hecho. Hizo referencias a diversas contradicciones en los testimonios escuchados, restándoles veracidad a los mismos. Ellos nada tuvieron que ver con la muerte de la víctima, sostuvo. Solicitando la absolución de los hermanos Almonacid y de Barra.

Finalmente luego de un cuarto intermedio el tribunal decidió por unanimidad declarar responsable a Jorge Nieves y Martín Almonacid del delito de homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego en calidad de coautores, y por otro absolver a Luis Amonacid y Matías Barra del delito de partícipes necesarios de homicidio. El 28 de octubre del presente año se realizará la audiencia de cesura o imposición de pena.

Alegato fiscal:

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Defensas:

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Resolución editada:

{youtube}vZcw6HWaQeQ{/youtube}

Notas relacionadas: http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=15382, http://www.diariocronica.com.ar/noticia.php?idnota=172212, http://www.elpatagonico.net/index.php?item=nota&idn=109634&ref=hoy

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