Comodoro Rivadavia

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Dictan la prisión preventiva a los tres imputados Leonori, Martearena y Ojeda

Control y apertura por robo triplemente agravado y privación ilegítima de la libertad

La mañana del presente martes se concretó en sede del juzgado penal del barrio Roca de nuestra ciudad la audiencia de control de detención y formalización de la investigación por el delito de robo triplemente agravado y privación ilegítima de la libertad, que tiene como coimputados a Néstor Darío Leonori, Leonardo Nahuel Martearena y Martín Ojeda.

El representante de fiscalía requirió se declare legal la detención de los imputados, ya que la misma fue por Orden del juez penal competente, se les formalice el hecho y se dicte su prisión preventiva por seis meses. Por su parte el defensor no se opuso a la legalidad de la detención, ni a la formalización, pero solicitó la libertad con presentaciones de sus tres asistidos. Finalmente, el juez penal resolvió declarar legal la detención de los tres imputados, autorizando la apertura de investigación y dictando la prisión preventiva de Leonori, Martearena y Ojeda por el término de un mes.

Presidió la audiencia Carlos Tedesco, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Franco Tavano, abogado de fiscalía; en tanto que la defensa de Leonori, Martearena y Ojeda fue ejercida por Gustavo Oyarzun, defensor público.

El representante de fiscalía se refirió brevemente al hecho a investigar cuando el pasado 06 de junio del año 2024, siendo aproximadamente las 23:36 horas, Darío Néstor Leonori, se hizo presente en el domicilio situado en bombero González al 1000, del B° Km.8, a bordo del rodado marca Ford, modelo Fiesta Kinetic. En tales circunstancias, realiza un llamado telefónico a la víctima, solicitándole que le prestara una balanza y que se encontraba afuera de la vivienda, en este sentido el damnificado se acercó hasta el rodado, indicándole el incuso que subiera, que quería mostrarle unas cosas de su vivienda, accediendo la víctima, dirigiéndose hacia la vivienda del sindicado sito en calle Rubén Darío al 200, atrás del CPB del B° Restinga Alí. Una vez en el interior del mismo se encontraban presentes Martin Ojeda, Nahuel Martearena y otra persona aun no identificada, en tal ocasión Leonori, empujo por la espalda a la víctima, tirándolo contra un sillón de la vivienda, mientras que le vociferaba “vos hijo de puta me robaste”, al tiempo que los demás involucrados comenzaron a golpearlo con golpes de puño y puntapiés. Seguidamente Leonori mediante la utilización de un cable de carga USB, procede a atar ambas manos de la víctima, refiriendo “vos me robaste mi plantación de marihuana”.  Acto seguido Martearena, tomo un rifle de un solo cañón, color plateado, colocándolo en la boca de la víctima, mientras que los restantes referían “deci que fuiste vos dale, si no fuiste vos seguro fue tu hijo”.

Así las cosas y ya transcurridas dos horas aproximadamente, Leonori, Martearena, Ojeda, el cuarto sujeto no identificado y la victima atada, se dirigieron hasta el domicilio de la misma, hicieron que el damnificado llamara a su pareja, indicándole que dijera que habría tenido un problema, siendo así que la pareja egresa del domicilio, sindicándole Leonori que subiera al auto y manifestándole “quédense tranquilos porque si no le pegamos un tiro”. Seguidamente, Martearena, Ojeda y el cuarto sujeto no identificado, bajaron del vehículo, ingresando al interior del domicilio. Una vez dentro, Martearena valiéndose de un cuchillo, lo coloca en la boca del menor, manifestando que se quedaran tranquilos que los iban a robar. Pasando alrededor de cinco minutos, egresan de la vivienda con (08) plantas de marihuana y (03) paneles de luz led, colocándolos en el interior del baúl, haciendo descender a las victimas mientras que les vociferaba “no denuncien nada porque si no les vamos a matar un pibe y van a tener que buscar el cuerpo al faro”. Calificando provisoriamente el mismo como “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometido mediando violencia e intimidación, en concurso real con amenazas agravadas por haber sido cometidas con arma, en concurso real con robo triplemente agravado por ser cometido en poblado y en banda; con la utilización de arma impropia y con el empleo de un arma de fuego cuya aptitud para el disparo no podrá ser acreditada” en calidad de “coautores” para Leonori, Martearena y Ojeda.

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