Comodoro Rivadavia

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El próximo lunes 13 de marzo se conocerá la sentencia

Impugnación de sentencia por tentativa de femicidio

El pasado jueves se llevó a cabo la audiencia de impugnación de sentencia solicitada por la defensa de Mauricio Vázquez en la sala de la Cámara en lo Penal local. La defensa solicitó se revoque parcialmente la sentencia de primer grado y se lo absuelva a Vázquez de los delitos por los que fue condenado; y se lo condene a tres años de prisión efectivos. En contraposición la fiscal requirió se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de primer grado a 17 años de prisión. Finalmente, el tribunal pasó a deliberar y el próximo lunes 13 de marzo a las 12.00 hs. dará a conocer la parte resolutiva del fallo y sus fundamentos sintéticos.

El tribunal de Cámara ante quién se realizó la impugnación estuvo conformado por Martín Montenovo, Daniel Pintos y Leonardo Pitcovsky (éste último por videoconferencia); el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de Vázquez fue ejercida por Vanesa Vera y Alejandro Varas de la Defensa Pública.

Cabe mencionar  que Vázquez ya fue declarado responsable por “desobediencia en cuatro hechos; también por amenazas coactivas, dos hechos; asimismo por amenazas simples; por amenazas agravadas por el uso de arma; y finalmente por tentativa de homicidio agravado por ser cometido contra una persona que se tuvo relación de pareja, y en contexto de violencia de género; y por la utilización de arma de fuego, en concurso real”.

La defensora sostuvo que “el tribunal de debate ha incurrido en una errónea valoración de la prueba, valoración parcializada y ha completado con la misma con datos que no fueron traídos a debate. Por ello corresponde revocar la sentencia impugnada. El tribunal absolvió a Vázquez por abuso de armas e incurrió en una contradicción ya que no hubo prueba objetiva, como un dermonitrotest y respecto del segundo disparo la prueba que tuvo en cuenta el tribunal es insuficiente, agregó la defensora. Asimismo, cuestionaron la calificación jurídica postulando la calificación alternativa de abuso de armas. Esto ya fue planteado al tribunal de debate y es procedente. También objetó las amenazas coactivas y amenazas simples ya que el tribunal no tuvo en cuenta las manifestaciones de la propia víctima, que sostuvo que el disparo era dirigido a su padre y que ella lo protege y recibe el disparo. Solicitando la calificación alternativa de “lesiones leves culposas en concurso con homicidio en grado de tentativa”.

En contraposición la fiscal solicitó al tribunal que no se pierda de vista que se ha juzgado una situación extremadamente compleja y violenta con violencia de género. Se debe hacer hincapié en el relato de la víctima que fue conmovedor y espontáneo, un relato plagado de innumerable cantidad de hechos de hostigamiento. La víctima vivió un calvario ya que Vázquez la vigilaba todo el tiempo. Ha quedado acreditado que la víctima tenía miedo y tuvo que cambiar de hábitos. La coacción es muy clara “dame mi hijo o te voy a cagar a tiros” y que “retire la denuncia porque va a empezar la guerra”. Todos los planteos de la defensa han sido abordados en la sentencia, agregó la fiscal. En paralelo a las denuncias penal ha habido denuncias en sede Civil y no hay contradicción del tribunal en cuanto a la valoración de la prueba. Simplemente la defensa discrepa con esta respuesta de la sentencia. Independientemente de la percepción que la víctima haya tenido, el disparo iba dirigido hacia ella. Solicitando por todo esto se rechace la impugnación y se confirme en todos sus términos la sentencia en contra de Vázquez.

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