Comodoro Rivadavia

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Formalizan imputación y dictan la preventiva a los hermanos Llanten

 

Audiencia de control de detención por el homicidio del “trapito” Gustavo Soto

Con la formalización y el dictado de dos meses de prisión preventiva, tal como lo requirió la representante de fiscalía, concluyó la audiencia de control de detención y formalización la mañana del lunes en los tribunales penales de barrio Roca. Ello en referencia al hecho acontecido la mañana del 25 de diciembre pasado que tiene como imputados a los hermanos nativos de Bariloche, Axel Rodrigo y Gustavo Orlando Llanten y como víctima fatal a Diego Gustavo Soto.

Presidió el acto Miguel Caviglia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Verona Dagotto, funcionaria de fiscalía, en tanto que la defensa de los hermanos Llanten la ejerció María de los Ángeles Garro, defensora pública.

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En un primer momento la funcionaria de fiscalía se refirió brevemente al hecho a investigar cuando el pasado 25 de diciembre, siendo aproximadamente las 8.50 hs., la víctima Gustavo soto fue interceptada por ambos imputados Axel y Gustavo Llanten. Corre y se introduce en un domicilio tratando de escapar, pero los imputados lo siguen y comienzan a agredir a golpes de puño y le producen cinco heridas con arma blanca. Provocando la muerte de Gustavo Soto por shock hipovolémico por herida penetrante en aorta, su cuerpo presentaba cinco heridas de arma blanca. Calificando provisoriamente el hecho como “homicidio simple, en calidad de coautores” para ambos imputados Axel y Gustavo Llanten.

Asimismo Dagotto solicitó se declare legal la detención de ambos ya que fue realizada en cuasi-flagrancia, inmediatamente después de cometido el hecho. Momentos en que un funcionario policial de la Seccional Segunda de civil llega a su domicilio y ve a ambos imputados discutiendo y con manchas hemáticas en sus prendas. Le preguntan “¿y vos que haces acá?”. Yo vivo acá, le contesta el servidor público, divisando un cuchillo en el bolsillo de Axel. Un testigo escuchó golpes, gritos y vio a dos sujetos que estaban agrediendo a una tercera persona, una de ellas con un arma blanca. Les pegó un grito y se dieron a la fuga.

Finalmente la funcionaria de fiscalía requirió la prisión preventiva por dos meses de Axel y Gustavo Llanten en base a los elementos de convicción suficientes para tenerlos como probables coautores del hecho. Mencionando la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación; como también las características graves del hecho y la pena que se espera como resultado del proceso, de cumplimiento efectivo. Solicitando el plazo de ley, seis meses para concluir con la investigación.

En contraposición la defensora si bien no formuló objeciones respecto al hecho ni a la calificación legal, se opuso al pedido de prisión preventiva. Esta medida debe ser de última ratio, sostuvo. Ninguno de sus defendidos tiene antecedentes penales y los peligros procesales pueden ser sustituidos por medidas alternativas. Rige el principio de inocencia en esta etapa del proceso, los “albores de la investigación”. El peligro de entorpecimiento puede ser suplido con la prohibición de acercamiento y contacto con testigos. Solicitando al juez que no se haga lugar a la prisión preventiva y se dicte para ambos presentaciones semanales ante la Oficina Judicial o bien ante el Ministerio Público Fiscal; con prohibición de acercamiento a testigos.

Finalmente el juez penal resolvió formalizar la apertura de investigación preparatoria del hecho, dándolos por anoticiados del mismo y por asegurada su defensa técnica. Decretando la legalidad de la detención de Axel y Gustavo Llanten y estableciendo el plazo de seis meses de investigación. Dictando la prisión preventiva de ambos por dos meses teniendo en cuenta los elementos de prueba, de probabilidad de autoría, que se les imputa, el peligro de fuga, de entorpecimiento y la gravedad del hecho que se investiga.

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