Comodoro Rivadavia

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Homologan acuerdo en 8 años de prisión para Bengoelea

 

Juicio abreviado por el homicidio de Miguel Gallardo

La mañana del lunes se llevó a cabo en sede de los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de procedimiento abreviado por el hecho acontecido el pasado 4 de mayo de 2014 que tiene como único imputado a Luis Ricardo Bengoelea. En ella imputado admitió voluntariamente su participación y responsabilidad en el homicidio por el que se le impuso la pena de ocho años de prisión de cumplimiento efectivo.

Presidió el acto Jorge Odorisio, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Adrián Cabral, fiscal general; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Viviana Barillari, defensora pública.

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En un primer momento el fiscal hizo mención a la solicitud del imputado respecto a la aplicación del procedimiento abreviado, admitiendo voluntariamente su autoría y responsabilidad en el suceso. Éste aconteció el 4 de mayo del año pasado, a las 16.45 hs. aproximadamente, cuando la víctima, Miguel Gallardo, se encontraba en la vivienda de la familia Cárdenas. Ingresa a ella el imputado Luis Bengoelea quién, utilizando un cuchillo tipo carnicero, agrede reiteradamente a la víctima provocándole su muerte. La autopsia realizada por el Cuerpo Médico Forense determinó su deceso por lesión cardíaca y otras lesiones, con objeto punzo cortante. Calificando el hecho como “homicidio simple” en calidad de autor para Bengoelea. Aceptando éste la pena de ocho años de prisión la cual fue meritada de acuerdo a la gravedad del hecho y la falta de antecedentes penales del condenado. La causa se encontraba acusada y con el auto de apertura a juicio oral y público. Solicitando por todo ello se homologue el acuerdo y Bengoelea pase a cumplir su condena.

Por su parte la defensora refirió que “efectivamente mi asistido ha aceptado la propuesta del fiscal enmarcada en homicidio simple”. Hizo mención a un informe psicofísico que se le practicara a Bengoelea que diagnosticó un “trastorno mental incompleto de origen tóxico”. Su pupilo es una persona joven sin antecedentes penales, por ello el mínimo de la pena establecido para esta figura delictiva. Por último la defensora renunció a los plazos de impugnación.

Finalmente le juez penal resolvió homologar el presente acuerdo abreviado “teniendo en cuenta el hecho que se le imputa, homicidio simple, y la escala penal del mínimo de la pena que resulta ajustado a derecho, adecuado y serio. Declarando a Bengoelea responsable penalmente del mismo y condenándolo a la pena de ocho años de prisión de efectivo cumplimiento.

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