Juicio abreviado por distintos legajos para los hermanos Millapi
La mañana del jueves se trató en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de procedimiento abreviado para los hermanos Luis Alexander y Daniel Alberto Millapi. Los imputados admitieron voluntariamente su participación y autoría en varios legajos relacionados con delitos contra la propiedad, aceptando Luis Alexander Millapi la pena unificada- ya que tienen antecedentes penales- de 6 años y seis meses de prisión efectiva; en tanto que Daniel Alberto Millapi aceptó la pena de 5 años y seis meses de prisión, más la “declaración de reincidencia por primera vez” para ambos hermanos. Los imputados renunciaron asimismo a los plazos impugnación del acuerdo, por lo cual se estableció, por solicitud de la fiscal, la continuidad de su prisión preventiva hasta que “la sentencia adquiera calidad de cosa juzgada”.
El procedimiento abreviado fue homologado por el juez penal, Jorge Odorisio; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Cecilia Codina, fiscal general, subrogando al fiscal Adrián Cabral; en tanto que la defensa de los hermanos Millapi fue ejercida por Lilian Borquez, defensora pública.
Uno de los hechos por el cual se celebró el presente juicio abreviado aconteció el día 29 de abril de 2.017 alrededor de las 17.30 horas aproximadamente, en circunstancias en que la víctima se encontraba junto a su madre, en su domicilio sito en calle Kaiquén al 2.300 de esta ciudad, escuchó un golpe en la puerta de acceso a su vivienda, y al acercarse observó a dos sujetos, siendo uno de ellos Luis Alexander Millapi, portando una navaja tipo desmontable, y al otro sujeto no identificado a la fecha quien portaba un arma de fuego de pequeño porte de color gris, quienes previo dañar la puerta principal del inmueble a la altura de la cerradura ingresaron al mismo y manifestaron textualmente “al piso, al piso”, sustrayendo diversos elementos de valor, para luego huir del lugar con rumbo desconocido. El hecho investigado se calificó como “robo doblemente agravado por el uso de arma blanca y por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada”, debiendo responder el Luis Alexander Millapi en calidad de coautor.
Otro ilícito acontece el día viernes 5 de mayo de 2.017 siendo aproximadamente las 19:30 horas en circunstancias en que las dos víctimas caminaban por calle Cospi en dirección a Mahuida del B° San Cayetano de esta ciudad, fueron interceptados por Alexander Millapi, y Daniel Alberto Millapi este último portando un arma de fuego tipo revolver, quien apuntándoles con el arma de fuego le sustrajo a ambas víctimas diversos elementos de valor, para luego huir ambos con rumbo desconocido. El hecho se calificó como “robo agravado por el uso de arma de fuego, cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada”, en calidad de coautores para ambos hermanos.
El día 08 de Mayo de 2017 siendo aproximadamente las 07:10hs, en circunstancias en que dos empleadas se encontraban atendiendo el local comercial Panadería “Barile” sita en calle Av Kennedy n°2292 de esta ciudad, se hicieron presentes Daniel Alberto Millapi y Luis Alexander Millapi, y a cara descubierta Alexander Millapi salto sobre la caja registradora pasando hacia el otro lado manifestando “esto es un asalto”, mientras que Daniel Millapi se quedó en el salón de ventas y apuntando con el arma de fuego a clientes y empleados les dijo que se tiren al piso pidiéndole les entregaran sus billeteras. El hecho se calificó como “robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada” en carácter de coautores para ambos hermanos.
El siguiente hecho data del mismo día 08 de Mayo de 2.017 siendo aproximadamente las 19:30 horas en circunstancias en que dos empleadas se encontraban atendiendo el local comercial de nombre “Panificadora del sur S.R.L” sita en Avda. Kennedy y calle Charrúas de esta ciudad, se hicieron presentes Daniel Alberto Millapi y un sujeto aún sin identificar hasta el momento. Hecho encuadrado jurídicamente como “robo agravado por haber sido cometido con uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada, por el que Daniel Alberto Millapi respondió en calidad de autor.
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