Audiencia de control de detención y formalización por robo agravado
Resolvió en este sentido la Juez Penal que intervino en la audiencia al entender que no fueron suficientes los fundamentos esgrimidos por la parte acusadora, citando Pactos Internacionales con rango Constitucional, la Constitución Provincial y variada jurisprudencia al respecto. Franco Santiago Romero fue beneficiado con la libertad, con una medida sustitutiva de la prisión preventiva de presentarse una vez por semana en la seccional de su jurisdicción. La calificación legal provisoria del hecho es de “robo agravado por el uso de arma blanca” en calidad de autor para el imputado.
La audiencia fue presidida por la Dra. mariel Suárez, el Ministerio Público Fiscal representado por la Dra. Graciela Ceccardi y la defensa del imputad fue ejercida por la Dra. María de los Ángeles Garro, abogada adjunta de la Defensa Pública.
El hecho investigado aconteció el pasado domingo 30 de mayo a las 5.00 cuando la víctima se encontraba durmiendo en el interior de una camioneta Toyota Hilux, alcoholizado cuando el imputado abre la puerta de la camioneta y lo agrede con un arma blanca provocándole heridas en su cuerpo, para finalmente robarse el rodado y huir con él. La víctima aporta características físicas de su agresor a la autoridad policial, que sumado a los datos del rodado, localizan el mismo en la calle Antonio Miroglio al 7.800 conducido por Romero, quién se da a la fuga a pie y es aprehendido por la policía.
La Funcionaria de Fiscalía solicitó se declare legal la detención ya que hubo una intervención policial inmediata, solicitó la prisión preventiva del imputado hasta la audiencia preliminar basada en la gravedad del hecho y en la pena que s espera en caso de ser encontrado culpable, que será de cumplimiento efectivo. También fundamentó la medida en el peligro de entorpecimiento; finalmente solicitó la requisa del rodado para la búsqueda del arma blanca y de las ropas que poseía el imputado al ser detenido por las manchas presuntamente hemáticas que se divisan.
Por su parte la defensa del imputado se opuso a la medida de coerción solicitada entendiendo la misma como carente de fundamento ya que su pupillo posee domicilio, esta trabajando, tiene un oficio y arraigo en la ciudad. Consideró excesivo privar de la libertad a una persona por seis meses, solicitando se reemplace esta medida por una sustitutiva como presentarse cada una semana o quince días ante el Ministerio Público Fiscal y a prohibición de acercamiento al lugar del hecho.
Finalmente la Juez Penal resolvió declarar legal la detención, formalizar la apertura de investigación preparatoria por el hecho y la calificación legal propuesta, estableciendo el plazo de cuatro meses de investigación preparatoria y la libertad del imputado con medidas sustitutivas a la privación de la libertad.