Comodoro Rivadavia

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Mantienen la prisión preventiva del condenado Cristhian Giménez

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Audiencia de revisión de medida de coerción por el homicidio de Andrés Lagos A esta conclusión arribó en forma unánime el Tribunal compuesto por dos Jueces luego de concluida la audiencia de mención en una de las Salas de la Oficina Judicial de Monseñor D´andrea y Portugal. El Fiscal General solicitó la continuidad de la medida de coerción en tanto que la defensa solicitó el cese de la prisión preventiva de su asistido y subsidiariamente su morigeración por una medida “menos gravosa”. El día 23 de marzo de 2008 Giménez, junto a su hermano y otra persona, llega a bordo de un automóvil a una vivienda particular, comienza a increpar a un morador y se interpone Lagos pidiéndoles que se retiren del lugar porque “era casa ajena”. Logra sacarlos hasta la puerta, cuando uno de ellos arroja gas en la vista, y en ese momento Cristhian Giménez efectúa al menos tres disparos, uno al aire y el otro impacta en la pierna del occiso. Lagos cae y es arrastrado tres metros por el hermano del imputado, éste le dice que lo deje, que ya le había dado un disparo. Luego retorna y dispara contra la cabeza de Lagos. Escapan del lugar, se libra una Orden de Captura en su contra y 72 horas después se presenta el imputado, junto a un abogado defensor, en Fiscalía. El imputado fue encontrado responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego en calidad de autor” y condenado en agosto del 2008 a la pena de diez años de prisión. La sentencia condenatoria fue impugnada ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, que confirmó la misma; y también rechazó otro planteo extraordinario al no hacer lugar a un planteo de recurso extraordinario Federal. De esta manera “quedaron agotadas todas las vías recursivas dentro del ámbito de la justicia provincial y satisfechos todos los requerimientos impugnatorios” a favor de la defensa. El Dr. Marcelo Cretton, Fiscal General, citó profusa jurisprudencia en pos de argumentar su postura de conservación de la medida restrictiva de la libertad. Se opuso a la libertad de Giménez basando su pedido en la “gravedad” y “características” del hecho, la condena que pesa sobre él, que afirman la “existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo como autor del mismo”, aseguró. También se refirió al “peligro de fuga” entendiendo que el imputado podría sustraerse a la acción de la Justicia. Por su parte la Dra. Viviana Barillari, sostuvo que “todas las medidas de impugnación no han sido maniobra dilatorias”, que “cada caso debe ser analizado en particular” y no se puede generalizar. Afirmó que toda persona que cumple el requisito temporal de prisión preventiva sin sentencia firme debe ser liberada por el Régimen de ejecución de la pena. Negó que exista el peligro de fuga ya que para ello “debe haber una prueba que lo acredite” el cual no puede ser esgrimido en abstracto. Imágenes del juicio oral y público celebrado en agosto del 2008: http://www.mpfchubut.gov.ar/blog/?p=774

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