Comodoro Rivadavia

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Otra causa de Sanzana

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Audiencia preliminar por abuso de arma, daño y portación de arma de guerra

 En la Sala N° 2 del ex Edificio Pérez Companc se realizó una audiencia preliminar que tiene como imputado a José Omar Sanzana por los delitos de abuso de arma, daño y portación de arma de guerra ocurrido el 12 de abril de 2007. La audiencia estuvo presidida por la Dra. Margarita Pfister, Juez Penal de refuerzo, la defensa del imputado a cargo del Dr. Francisco Miguel Romero y el Ministerio Público Fiscal representado por el Dr. Juan Carlos Caperochipi, Fiscal General.Al comenzar la audiencia la defensa planteó una cuestión preliminar, la cesación de la acción penal en contra de su defendido ya que “la semana pasada fue condenado a 8 años de prisión por haber sido encontrado culpable de homicidio simple”. Que la sentencia no se encuentra firme ya que la va a apelar y que en este nuevo hecho del que es imputado, en caso de ser juzgado y encontrársele culpable no excedería la pena de dos años de prisión.Por su parte el Fiscal General argumentó que la aplicación de reglas de disponibilidad del art. 44 son facultativas del Fiscal, quien evalúa y propone en todo caso el cese de la acción penal en los casos establecidos por la ley. No pueden ser impuestos por sobre la voluntad del Fiscal; pues precisamente son excepciones a la obligatoria persecución de la acción que surge del art. 37 del Código Procesal Penal. “La sentencia aludida por la defensa no está firme y el Estado es el titular de la acción penal”. Por la gravedad del caso de abuso de arma con agresión al personal policial con riesgo de vida no es compatible con el criterio de oportunidad solicitado por la Defensa.Subsidiariamente la Defensa planteó la procedencia de la suspensión de juicio a prueba ya  que a su entender “el imputado carece de antecedentes penales”, que la sentencia que sufrió no está firme y ofreció una reparación de $ 200, pautas de conducta, fijó su domicilio en la Alcaldía policial y el contralor del Patronato. En tanto que el Fiscal rechazó este nuevo planteo conforme a las características del caso que se juzga, la gravedad del mismo “no permite aplicar la auto-inhabilitación” concluyó. Que “la auto-inhabilitación debe ser analizada en cada caso particular, pues en principio basta la suspensión de juicio a prueba”. La Jueza resolverá acerca de los planteos de las partes antes del miércoles de la semana que viene.

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