Comodoro Rivadavia

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Rechazan planteos de sobreseimiento y elevan causa a juicio

 

Audiencia preliminar por hurto a Compumundo

Por el ilícito contra la propiedad acontecido el pasado 11 de agosto de 2016 en perjuicio de Compumundo, que tiene como coimputados a Nilda Patricia “la pato” Rodríguez y Elías Antonio “el chileno” Miranda Barrera, se concretó la mañana del jueves la audiencia preliminar del caso. La funcionaria de fiscalía solicitó se eleve la causa a juicio en base al delito de “hurto simple”, en calidad de coautores por uno de los hechos. En contraposición las defensas plantearon el sobreseimiento de sus pupilos. Finalmente la jueza penal rechazó los sobreseimientos, se realizó la incorporación de prueba y se elevó la causa a juicio oral y público.

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El hecho incluido en la acusación fue el acontecido el día 11 de agosto de 2016, cuando siendo aproximadamente las 14.30 hs., Nilda Patricia Rodríguez y Elías Antonio Miranda Barrera,  se hicieron presentes en el local comercial  Compumundo, sito en calle San Martin al 750 de esta ciudad,  y  sin ejercer fuerza en las cosas ni violencia física en las personas sustrajeron varios elementos que se hallaban sobre un mostrador. Rodríguez aparta del sector reparaciones un celular y una Tablet, inmediatamente aparece en escena Miranda Barrera, se guarda dichos elementos en sus ropas y se retiran del lugar. Seguidamente Miranda Barrera regresa al local y de similar forma sustrae un minicomponente portátil. Dicho accionar quedó registrado en las cámaras de vigilancia internas del local, por lo cual y en fecha 15/08/16 se practicaron allanamientos en los domicilios de los imputados,  secuestrándose en el domicilio de Rodríguez una prenda de vestir y un par de zapatos  coincidentes con las que usaba al momento del hecho, y en el domicilio de Miranda Barrera, una Tablet denunciada. De los elementos sustraídos no se recuperó un celular y un minicomponente. Solicitando se eleve la causa a juicio en base a la calificación legal de “hurto simple”, en calidad de coautores por el primer hecho para ambos; en tanto que por “hurto simple” solo para Miranda Barrera por el segundo.

El defensor de Rodríguez planteó el sobreseimiento de su pupila ya que no hay coautoría, el hecho que se le imputa a su asistida no es una acción delictiva, enfatizó el defensor.

Seguidamente la defensora de Miranda Barrera igualmente planteó su sobreseimiento ya que la fiscalía va a probar su caso con filmaciones, sin testigo civil de levantamiento, ni cadena de custodia, sostuvo. De esta forma se vulneró el derecho a defensa y el debido proceso ya que no hubo el debido control de partes, concluyó la defensora.

El otro defensor adhirió en todo a lo planteado por su colega y sostuvo que “no se dan las exigencias para ingresar esta prueba al debate”.

Finalmente la jueza penal consideró que existe la posibilidad de verificar la veracidad de los videos como elementos probatorios, existe la posibilidad de saneamiento. A su vez no consideró los videos como único elemento probatorio del caso y no se especificó por parte de las defensas de qué forma los videos, editados, perjudican a los imputados. Por todo esto resolvió rechazar los planteos de sobreseimiento de las defensas de Rodríguez y Miranda Barrera, admitir la prueba propuesta y elevó la causa a juicio oral y público.

Presidió el acto, Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Andrea Serer, funcionaria de fiscalía; la defensa de Miranda Barrera la ejerció Claudia Torrecillas de la Defensa Pública, en tanto que la de Rodríguez por Guillermo Iglesias, defensor particular de la misma.

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