Audiencia de control y apertura por privación ilegítima de la libertad agravada
Pasado el mediodía del jueves en sede de los tribunales penales del barrio Roca se concretó la audiencia de control de detención y apertura de la investigación en contra de Alberto Márquez por un delito acontecido el pasado 13 de diciembre del corriente. Las representantes de fiscalía solicitaron se le formalice al hecho al imputado en base al delito de “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida con amenazas y violencia”. En tanto que la defensora no objetó ni el relato del hecho, ni la calificación legal y requirió la libertad de Márquez.
Presidió el acto Gladys Olavarría, jueza penal; por el Ministerio público fiscal se hicieron presentes María Laura Blanco, fiscal general y Natalia Gómez, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado estuvo ejercida por Vanesa Vera, adjunta de la Defensa Pública.
Una de las representantes de fiscalía hizo referencia al hecho a investigar cuando el pasado 13 de diciembre el imputado Alberto Márquez se encontraba con la víctima a bordo de su automóvil en la zona del mirador del cerro Chenque, previo haber concertado una cita sexual. Márquez amenaza a la víctima, la baja del vehículo tomándola de los cabellos y la introduce en el asiento trasero. Seguido la ata y la amordaza, luego se produce un forcejeo donde la víctima intenta soltarse y es atada más fuerte. El imputado le decía que se fuera a vivir con él. Seguidamente al transitar por la calle Viamonte un empleado de la SCPL escucha los gritos de la víctima y da aviso a personal policial que se encontraba haciendo adicional. Éste último detiene e identifica a Márquez. Calificando provisoriamente el hecho como “privación ilegítima de la libertad agravada por ser cometida con amenazas y violencia”, en calidad de autor para Márquez. Solicitando el plazo de ley, seis meses, de investigación y se declare legal su detención ya que la misma fue realizada en flagrancia.
Respecto de la medida de coerción la fiscal requirió la prohibición de acercamiento y contacto del imputado con la víctima, en base a la gravedad del hecho y la pena en espera, encontrando para el caso peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación.
Por su parte la defensora no objetó el relato del hecho, ni la calificación legal, como tampoco la legalidad de la detención de su defendido. Negando la existencia del peligro de fuga ya que la pena en espera parte de dos años y puede ser dejada en suspenso. También se podría llegar a una suspensión de juicio a prueba, aseguró la defensa. Solicitando la libertad de su pupilo.
Finalmente la jueza penal resolvió declarar legal la detención de Márquez ya que la misma fue realizada en flagrancia, decretando la apertura de la investigación del caso dando por anoticiado al imputado del hecho y la calificación legal que se le imputa, y por asegurada su defensa técnica. Dictando la prohibición de acercamiento y contacto del imputado con la víctima en base a la gravedad del hecho y los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación. Todo esto con el fin de “proteger a la víctima” y por “la violencia desplegada”.