Audiencia de revisión por hurto doblemente agravado en grado tentativa
En horas de la mañana del jueves en sede de los tribunales penales ordinarios se realizó la audiencia de revisión de la prisión preventiva por un ilícito contra la propiedad que tiene como imputado a Víctor “el gato” Lara. La audiencia fue solicitada por el fiscal ya que en la audiencia de control de detención el juez natural de la causa no hizo lugar a la solicitud de una medida de coerción requerida por el acusador público. Finalmente dos jueces revisores revocaron la decisión y dictaron la prisión preventiva del imputado Lara por 15 días, tal como fuera solicitado por el fiscal.
El tribunal revisor fue integrado por los jueces penales Raquel Tassello y Jorge Odorisio; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Héctor Iturrioz, fiscal general, en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Claudia Torrecillas, abogada de la Defensa Pública.
En un primer momento el fiscal se refirió a la resolución del juez natural de la causa como “infundada” ya que había sostenido que el fiscal solicitó la medida de coerción “basado en generalidades”. A su vez rechazo el tratamiento de un juicio rápido ya que la defensa consideró que no podría ejercer su tarea ya que el tiempo para preparar el juicio, 15 días hábiles, no era suficiente. El fiscal solicitó un cuarto intermedio para reunir cada una de las causas que Lara tiene en trámite, con condenas, declaraciones de rebeldía y medidas de coerción morigeradas. Luego de este cuarto intermedio se reanuda la audiencia y el juez natural resolvió sin darle la oportunidad al fiscal de explicitar dichas causas. Calificando el fiscal dicha resolución como “caprichosa” ya que pudiendo contar con toda la información no la quiso recibir. Por todo ello Iturrioz solicitó al tribunal revisor se revoque dicha decisión y se establezca la prisión preventiva del imputado en base al peligro de fuga, la reiteración delictiva y los elementos de convicción suficientes para tener a Lara como probable autor del ilícito.
En contraposición la defensora sostuvo que la decisión del juez natural era correcta en tanto que era contradictorio pedir juicio abreviado y la prisión preventiva del imputado. En dicho sentido argumentó que se aplicaba “un derecho penal de autor y no de acto”. Asimismo la defensora planteó que en el proceso rige el principio de inocencia y que su pupilo declaró que era inocente y ofreció prueba de ello.
Finalmente los jueces revisores resolvieron en discrepancia con el juez natural de la causa ya que para resolver conforme a derecho debe hacerse de todos los elementos que tenga para valorar. Los jueces revisores lo hicieron y verificaron que efectivamente Lara tiene condenas, causas en trámite, declaraciones de rebeldía y medidas de coerción morigeradas. Todo ello demuestra que no interioriza las reglas. Por esto resolvieron revocar la decisión del juez natural y dictaron la prisión preventiva del imputado Lara por el término de 15 días.