El próximo jueves se conocerá la sentencia. El juicio finalizó con los alegatos de las partes. La Fiscalía pidió al juez que declare a Juan Carlos Lincheo, autor penalmente responsable del delito de estafa, condenándolo a la pena de 4 años de prisión y seis de inhabilitación para ejercer cargos públicos. El defensor requirió la libre absolución del acusado por no configurar el delito de estafa.
El fiscal Fernando Rivarola basó su pedido condenatorio en un análisis de la prueba que a su criterio concluye indudablemente en la responsabilidad del imputado. Indicó que quedó probado que los terrenos eran propiedad del municipio de Esquel, que el predio estaba recientemente preparado para su entrega y se encontraba en etapa de premensura, sin mejoras. La mayoría de los terrenos de ese sector fueron adjudicados en venta a vecinos, con posterioridad. En este caso se les preadjudicó a dos parejas, con un procedimiento irregular.
Luego analizó la prueba relativa a la inexistencia de las dos personas que aparecían como supuestos cedentes de los terrenos en favor de las víctimas. Los nombres y DNI que aparecen en las copias de la documentación, no se corresponden entre sí, pero además tienen en común la mayoría de los dígitos que los componen. Durante la investigación se intentó localizar a esas personas y fue imposible. En definitiva, la Fiscalía sostiene que no existen esas personas, sino que su “creación” fue parte del ardid de la estafa. Le achaca a Lincheo que como Director de Tierras, no podía desconocer el trámite administrativo para la adjudicación de terrenos. “En ambos casos recibió la suma de dinero para ser entregada a los supuestos cedentes entregando luego documentación falsa, supuestamente firmada por personas que no existen. Lo que constituye un modo idóneo para defraudar a las víctimas…”, planteó Rivarola.
El fiscal explicó que no se hizo pericia sobre los documentos porque solo se pudo dar con copias, no con los originales. Se trató de hechos similares, próximos en el tiempo, modalidad, sumas de dinero, en la manera en que se produjo el contacto con las víctimas, y obviamente el conocimiento que tenía por su función municipal, la inexistencia de registro previo, que el dinero fue recibido en manos del director de tierras, de modo inusual, no regulado.
Para formular su pedido de pena, Rivarola tuvo en cuenta la naturaleza de la acción, que las víctimas sean de un sector vulnerable de la comunidad, con serias dificultades económicas y sin posibilidades de acceder por su cuenta a una propiedad, por lo que concurrieron al municipio para ser adjudicatarias de un terreno a valor de fomento. Lincheo conocía esa necesidad. También computó en su contra que creara falsas personas y falsa documentación, el daño económico al patrimonio de las víctimas, la búsqueda de un beneficio patrimonial fuera de toda situación de necesidad, la calidad personal del autor por ser empleado de larga carrera del municipio con un cargo de responsabilidad y la no reparación del daño conforme al requerimiento de las víctimas. Tomando en cuenta estos agravantes y la falta de antecedentes penales de Lincheo, Rivarola solicitó la imposición de una pena 4 años de prisión de cumplimiento efectivo e inhabilitación especial por seis años para ejercer cargos públicos.
La defensa
Daniel Sandoval cuestionó la acusación, señalando que presenta errores. Luego se refirió a las medidas investigativas que a su criterio debieron hacerse y no se produjeron, como la falta de pericia en las firmas de las personas que la Fiscalía sostiene que son inexistentes. Resaltó que no existió perjuicio patrimonial para los denunciantes porque obtuvieron los terrenos, pero además porque no se “torció la voluntad para inducirlos a error y lograr sumas de dinero a su favor”, sostuvo. Recalcó que no se pudo saber con certeza si existen o no las personas que firmaron la documentación cediendo derechos y en cuyo nombre Lincheo recibió el dinero aportado por las víctimas.
El abogado dijo que tal vez la conducta de su defendido podría resultar reprochable, pero de ninguna manera bajo la figura de estafa, “quizás algún negocio de tipo ilícito podría ser, pero no estafa.”
En favor de Lincheo señaló que se trata de una persona sin antecedentes, que vive de su sueldo de empleado público, que tiene el secundario incompleto y que no tiene responsabilidad como funcionario porque es solo un empleado administrativo.
Para la defensa no se probó la estafa y Lincheo debe ser absuelto.